La Audiencia Nacional confirma la libertad provisional para Bolinaga

  • La Audiencia Cree que existe un "peligro patente" para la vida de Bolinaga
  • Un juez de la Audiencia discrepa de excarcelar a Bolinaga sin arrepentimiento
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bolinaga_carru22.jpg |Telemadrid

La Audiencia Nacional ha confirmado la libertad condicional del preso etarra enfermo Iosu Uribetxebarria Bolinaga al estimar que existe un "peligro patente" para su vida de forma clara, evidente y manifiesta", y que todos los informes médicos coinciden en que su padecimiento es "muy grave e incurable". Así consta en el auto dictado por la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que hace una semana adelantó su fallo alcanzado por cuatro votos a favor y uno en contra del magistrado Nicolás Poveda, que en su voto particular sostiene que, pese a que el recluso padece una enfermedad muy grave, ningún informe médico menciona "un riesgo de muerte patente".

Los cuatro magistrados que votaron a favor de su excarcelación en contra del criterio de la Fiscalía entienden que el recurso del Ministerio Público no discute que todos los informes médicos aportados en la causa coinciden en que la dolencia del secuestrador de José Antonio Ortega Lara es "muy grave e incurable".

Consideran que en este caso se ha concedido de manera acertada la libertad condicional en virtud del artículo 92.3 del Código Penal, que exige que concurra un "peligro patente para la vida del interno", que sea mayor de 70 años o que sufra una enfermedad muy grave con "padecimientos incurables".

Y rechazan el argumento del fiscal de que debería habérsele aplicado el artículo 92.1 y 92.2, que demanda la concurrencia de varias circunstancias, entre ellas el arrepentimiento y la desvinculación de la banda terrorista.

UN JUEZ DISCREPA DE LA DECISION

El juez de la Audiencia Nacional Nicolás Poveda Peña, que ha emitido un voto particular al auto que acuerda la libertad condicional para el etarra enfermo de cáncer Iosu Uribetxebarria Bolinaga, considera que no hay "un riesgo de muerte patente" por lo que no procede su excarcelación sin arrepentimiento.

En el voto particular, Poveda explica que Uribetxebarria padece una enfermedad muy grave pero que ningún informe médico menciona que existe ese "riesgo patente de muerte" que exige el artículo 92.3 del Código Penal para justificar la libertad condicional.

Con ese argumento considera que debería haberse optado por aplicar el artículo 92.1 del Código Penal, que exige que haya un arrepentimiento expreso del recluso para decretar su libertad condicional, que además renuncie expresamente a la actividad terrorista y que pida perdón a las víctimas "como mínimo".

Poveda, uno de los cinco magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que participó en la deliberación sobre el recurso del fiscal contra la excarcelación de Bolinaga, discrepa "absolutamente" de la valoración de la enfermedad del recluso que realizó la mayoría para concluir que se trata de un paciente "con riesgo vital patente". Por el contrario, indica que, según los informes médicos, la enfermedad tumoral que padece es de muy mal pronóstico a largo plazo, pero que el enfermo no se encuentra en fase terminal y su tratamiento puede ser llevado a cabo por los servicios médicos del centro penitenciario.

Además, critica las contradicciones en las conclusiones de los distintos informes médicos que, a su juicio, no se ponen de acuerdo y no aclaran las probabilidades de supervivencia y el pronóstico de vida del paciente.

Por ello, cree que debería haberse aplicado el artículo 92.1 del Código Penal, que entre las condiciones para la libertad condicional incluye al menos "la renuncia a la actividad terrorista y el perdón a las víctimas, lo que no ha sucedido en este caso".