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La Audiencia Nacional ha condenado al matrimonio formado por los anarquistas chilenos Francisco Solar, alias Cariñoso, y Mónica Caballero, Moniquita, a sendas penas de 12 años de cárcel por delitos de lesiones terroristas y daños terroristas cometidos al colocar un artefacto explosivo en la Basílica del Pilar de Zaragoza el 2 de octubre de 2013, que causó heridas a una feligresa y afectó al patrimonio histórico y artístico de los bancos y la zona del coro o la sillería.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal ha absuelto a Solar y Caballero de los delitos de pertenencia a organización terrorista y conspiración para cometer estragos terroristas, al considerar que no ha quedado probado que pertenecieran a la organización anarquista insurreccionalista FAI-FRI y que intentaran también atentar contra el Monasterio de Montserrat de Barcelona.

Los acusados, que aprovecharon el turno de última palabra para finalizar el juicio con el alegato "muerte al Estado" y "viva la anarquía", se enfrentaban cada uno de ellos a una petición fiscal de 44 años de prisión. Los magistrados les han impuesto el pago de una indemnización de 22.775 euros a la mujer herida y de 182.601 euros al Cabildo de Zaragoza.

Los magistrados Angela Murillo, Paloma González Pastor y Juan Francisco Martel consideran acreditado que Cariñoso y Moniquita decidieron atentar contra la Basílica del Pilar, "como una de los símbolos del Estado", actuando de manera "autónoma" y "sin que conste que estuvieran integrados en algún grupo de afinidad de FAI/FRI".

Para ello, se desplazaron desde Barcelona a Zaragoza, donde procedieron a colocar en la nave central del templo un artefacto explosivo, compuesto por una bombona de gas y dos kilos de pólvora negra, cuya deflagración produjo heridas a la mujer -que quedó en una situación de incapacidad permanente parcial- y se produjo en un momento en el que medio centenar de turistas norteamericanos visitaban en espacio.

La acción fue avisada minutos antes en una llamada telefónica efectuada a un centro de estética cercano, cuya propietaria consideró que la noticia "no era creíble" y no la transmitió a las Fuerzas de Seguridad.

LA BOMBA CARECIA DE "POTENCIA DESTRUCTIVA"

Tanto el hombre como la mujer fueron grabados por cámaras de videovigilancia colocadas frente a la Basílica y en la estación de autobuses con prendas similares a las encontradas en su domicilio de Barcelona, registrado el 12 de noviembre de 2013.

Los jueces no consideran probado que hubieran decidido ejecutar actos dirigidos a atentar en Montserrat y descartan el delito de estragos porque la bomba del Pilar "carecía de potencia destructiva", era de "gran simplicidad" y fabricación casera.

En la sentencia, aluden al dictamen de los peritos que dijeron que FAI/FRI era "una organización a nivel mundial carente de organización". "Si se considerasen organizaciones terroristas, serían tan defectuosas, incapaces y objetivamente disfuncionales que ni siquiera tendrían relevancia penal".