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La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 2 y 13 años de prisión a los ocho jóvenes acusados de agredir a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra) en octubre de 2016, pero no ve en su actuación el carácter terrorista que les imputaba la Fiscalía a pesar de la "notabilísima gravedad de los hechos". La sección primera les condena por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, pero no de carácter terrorista, tal y como pedía la Fiscalía, porque no considera acreditado que las agresiones tuviesen una finalidad de este tipo.

En la sentencia, el tribunal aprecia las agravantes de abuso de superioridad y de odio y considera probado que los acusados actuaron movidos por la animadversión y menosprecio a la Guardia Civil y por motivos ideológicos, pero no ve en su acción ningún vínculo con ETA.

Las condenas más altas, por atentado y lesiones, son para Ohian Arnanz e Iñaki Abad (13 años), Adur Ramírez y Jokin Unamuno (12 años), así como Julen Goicoechea, Jon Ander Cob y Aratx Urrizola (9 años). A Abad y Arnánz les condena además por desórdenes públicos.

Para la única mujer acusada, Ainara Urquijo, ha recaído una condena a 2 años de prisión por amenazas y desórdenes públicos, por lo que previsiblemente no tendrá que ingresar en prisión.

Además, los condenados deberán indemnizar al teniente agredido con 9.200 euros, al sargento con 3.750 euros y a las dos mujeres con 6.100 euros a cada una por las lesiones, así como con 45.000 euros por las secuelas daños morales a la novia del teniente y con otros 25.000 a la del sargento.

La Fiscalía pedía para los acusados entre 12 años y medio y 62 años y medio de cárcel, pero incluía una pena alternativa en la que solo mantenía un delito de terrorismo con una horquilla de 6 años y medio y 17 años y medio.

Aunque no les condena por terrorismo, ante la gravedad de las conductas la sala les impone las penas más altas previstas para los delitos porque "no puede permitirse que en el siglo XXI, y en un Estado democrático y de derecho, se prive a unas personas, solamente porque tengan la condición de Guardias Civiles y a sus novias, de poder moverse en libertad por la localidad de Alsasua, y que solamente pueden acudir a determinados lugares y no pueden salir por la noche a pasar un rato de ocio y diversión".

Relata la sentencia cómo en la madrugada del 15 de octubre de 2016 los dos guardias y sus parejas fueron increpados en el bar Kotxa de Alsasua mientras tomaban unas consumiciones, unos insultos que comenzaron de boca de uno de los acusados, Ohian Arnanz, que llamó al teniente "madero".

Desde ese momento, la tensión en el bar se fue incrementando hasta que las cuatro víctimas fueron rodeadas por un grupo de unas 25 personas que les gritaban para que se fueran con expresiones como "os vamos a matar por ser guardias civiles", "hijos de puta", "cabrones" o "txakurras".

Los agresores empezaron entonces a golpearlos y formaron una especie de pasillo para que salieran del bar, donde recibieron "golpes, patadas y puñetazos" por parte de los acusados y por "otro número importante de individuos que se iban congregando y que no han llegado a ser identificados totalmente".

La agresión continuó en la calle en una situación de gran crispación y violencia y el teniente cayó al suelo porque una de las patadas le produjo la rotura de la tibia y el peroné. Fue en la calle cuando la única mujer condenada le dijo en tono intimidatorio a la novia del sargento: "Esto os ha pasado por bajar al pueblo, cada vez que salgáis os va a pasar lo mismo".

El tribunal destaca el "claro, rotundo, contundente y coincidente" testimonio de las víctimas en el juicio, que, unido a las otras pruebas, acredita que los acusados eran plenamente conscientes de que los agredidos eran miembros de la Guardia Civil y de hecho actuaron por su animadversión al cuerpo.

No fue, dice, "una pelea de bar o un pequeño incidente o discusión", dado que se produjo con "brutalidad", las víctimas no fueron auxiliadas por nadie salvo por el dueño del bar y ocurrió en un clima de "violencia verbal y amenazas directas".

En cambio, no ha quedado acreditado para los jueces que los acusados actuaran asumiendo los postulados de ETA, ni su vinculación directa ni pertenencia a la banda, y más teniendo en cuenta que eran menores (ahora tienen entre 21 y 32 años) cuando ETA abandonó la lucha armada.

A alguno de los acusados la sentencia sí les vinculan con el movimiento "Ospa" (Fuera) que pide la expulsión de la Guardia Civil y Policía Nacional del País Vasco y Navarra, pero no como heredero de ETA.