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Un juez de Barcelona ha condenado a la soprano Montserrat Caballé a seis meses de cárcel por un delito contra la Hacienda Pública, tras un pacto de la cantante con la Fiscalía y Abogacía del Estado en el que ha reconocido haber cometido un fraude fiscal de 508.562 euros en el IRPF de 2010, aunque previsiblemente no entrará en prisión.

En una vista de conformidad celebrada este martes en la Ciudad de la Justicia, la cantante ha admitido los hechos a través de una videoconferencia sentada en una silla desde el comedor de su casa, al permitirle el juez no desplazarse al juzgado por problemas de salud: "Sí, ratifico", se ha limitado a decir la soprano tras la lectura del acuerdo.

La conformidad contempla también para Caballé una multa de 254.231 euros, la prohibición de recibir subvenciones públicas durante un año y medio y el pago de 72.000 euros de intereses de demora; la soprano ha reconocido que, pese a vivir en España en 2010, figuraba como residente en el Principado de Andorra y con ello no tributaba el IRPF en España.

Caballé fue imputada en abril de 2014 después de que la Fiscalía le acusara de un delito contra la Hacienda Pública; en diciembre del mismo año llegó a un acuerdo con Fiscalía y la Abogacía en el que reconoció los hechos, pero no ha sido hasta este martes que lo ha confirmado en una vista ante el juez.

La soprano ya había devuelto con anterioridad los más de 508.000 euros defraudados y el juez ya la citó en dos ocasiones para ratificar el acuerdo: a la primera no se presentó alegando problemas de salud y a la segunda tampoco lo hizo sin dar explicaciones; a posteriori, fuentes cercanas a la cantante explicaron que tampoco se encontraba en condiciones de declarar.

VISTA A PUERTA CERRADA

Finalmente, este martes sí que ha ratificado y lo ha hecho por videoconferencia y, además, el titular del Juzgado Penal 13 de Barcelona le ha permitido que la vista oral haya sido a puerta cerrada sin presencia de público ni prensa.

Fuentes consultadas por Europa Press explican que la legislación no regula si las vistas de conformidad, enmarcadas como cuestiones previas de los juicios, tienen que ser abiertas, pero en la mayoría de los casos se hacen en audiencia pública.