Condenas mínimas para 20 de los 34 acusados del 'caso Batasuna'
Penas de 1 a 3 años de cárcel por financiar ETA con herrikos tabernas
Tres años prisión a Permach y Etxeberría por pertenencia ETA
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 15 meses y tres años de cárcel a 20 dirigentes de la ilegalizada Batasuna por un delito de integración o colaboración con organización terrorista, al considerar acreditado que financiaron a ETA a través de las denominadas 'herriko tabernas'.
El tribunal, que absuelve por falta de pruebas a otros 14 acusados, impone las mayores condenas -de tres años de prisión- a los exdirigentes de la formación Joseba Permach, Rufi Etxeberria, Juan Cruz Aldasoro, Joseba Alvarez y Karmelo Landa, a los que atribuye un delito de pertenencia en organización terrorista.
Los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal también condenan por este mismo delito a Jon Gorrotxategi, Floren Aoiz y Anton Morcillo, a los que imponen un año y medio de cárcel, y aplica una pena de un año y tres meses de cárcel a otros doce dirigentes de la formación por un delito de colaboración con organización terrorista.
FUENTE DE FINANCIACION DE ETA
La sentencia, que llega 12 años después de que el juez Baltasar Garzón ordenara las primeras detenciones y cuenta con el voto particular de la magistrada Clara Bayarri, también acuerda el comiso de 111 'herriko tabernas' y absuelve a los responsables de otras cuatro que se sentaron en el banquillo de los acusados.
El tribunal, integrado por Angel Hurtado, Julio de Diego y Clara Bayarri, considera probado que las 'herriko tabernas' eran propiedad de la ilegalizada Herri Batasuna y que la formación las utilizó par convertirlas en "fuente de financiación del entramado de ETA", lo que justifica su comiso.
"Si Herri Batasuna gestionaba las 'herriko tabernas', y era de conocimiento y de común aceptación que Herri Batasuna y ETA eran lo mismo, quienes formalmente figurasen como titulares de las 'herriko tabernas' ni podían ignorar esto ni, por lo tanto, que los recursos que desde ellas llegasen a la formación política se ponían a disposición de la banda armada". De esta forma, los acusados estaban "contribuyendo a la financiación de la actividad terrorista" del Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV), controlado por ETA.
A juicio de la mayoría, las 'herriko tabernas' constituían "una infraestructura logística para el desarrollo de las actividades de organizaciones satélites, controladas por el frente militar de la banda, tales como KAS/EKIN, Jarrai/Haika, Herri Batasuna y Gestoras Pro Amnistía, a la vez que servían de base para el depósito de material y propaganda relacionados con actividades de violencia callejera o 'kale borroka'.
DILACIONES INDEBIDAS
En el juicio oral, que quedó visto para sentencia el pasado 12 de marzo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional rebajó su petición inicial de 12 años de cárcel. Pidió cuatro y medio para los cinco dirigentes a los que se han impuesto las mayores penas y dos años y dos meses para el resto de acusados.
En la sentencia, que tiene un total de 576 páginas, el tribunal acepta la petición fiscal de rebaja de penas en consideración de las "dilaciones indebidas" que se produjeron durante el procedimiento, que fue incoado en el año 2000 desde el Juzgado Central de Instrucción número 5.
En concreto, los acusados a los que se atribuye un delito de colaboración con organización terrorista son Vicente Enekotegi, José Luis Franco, Enrike Alaña, Maite Amezaga, Juan Ignacio Lizaso, Jon Martínez, Patxi Jagoba Bengoa, Idoia Arbelaitz, Jaione Intxaurraga, Agustín Rodríguez, Izaskun Barbarias y Rubén Granados.
Además, absuelve a María Isabel Mandiola, Santiago Hernando, Adolfo Arraiz, Mikel Arregi, Juan Carlos Rodríguez, Kepa Gordejuela, Esther Agirre, Miren Jasone Manterola, Xanti Kiroga, Juan Pedro Plaza, Segundo López de Aberasturi, Sabino del Bado, Pedro Félix San Sebastián y Andrés Larrea.
BAYARRI CREE QUE BATASUNA NO ES ETA
En su voto particular, la magistrada Clara Bayarri defiende la absolución de todos los acusados al considerar que no existe "prueba de cargo bastante" para desvirtuar su presunción de inocencia, al tiempo que critica "la criminalización como terrorista" que la mayoría hace de Herri Batasuna y sus sucesoras.
La juez destaca que el hecho de que ETA intentase controlar a la izquierda abertzale, "no significa", sobre todo a partir de 1990, "ni que lo consiguiera ni que tal proceso de fagocitación fuera aceptado, al menos, por el partido político Herri Batasuna y sus herederos".
A su juicio, la actividad de la formación abertzale "se manifesta exclusivamente en el marco de la acción política protegida constitucionalmente llegando a constituirse como partido político de acuerdo a la normativa jurídica existente en ese momento".
"Ni Herri Batasuna ni Euskal Herritarrok ni Batasuna han sido declaradas como organizaciones terroristas por más que la sentencia del Tribunal Supremo haya declarado ilegales tales partidos. Ilegalidad, no se olvide, administrativa", señala Bayarri.
En el macrojuicio a Batasuna, que duró casi cinco meses, se retiró la acusación a otros cuatro dirigentes de la formación, entre ellos su portavoz nacional, Arnaldo Otegi, que cumple una condena de seis años y medio de cárcel por intentar reconstruir Batasuna a partir del proyecto Bateragune.
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