La Junta de Extremadura recurrirá el fallo de Valdecañas en defensa del interés general | TELEMADRID
(Actualizado

El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado suspender la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que ordenaba la demolición de los elementos ya construidos en el complejo de Isla de Valdecañas, en Cáceres.

En concreto, deja en el aire el derribo del hotel, viviendas, campo de golf e instalaciones que actualmente están construidas y en funcionamiento del complejo turístico, de salud, paisajístico y de servicios ‘Marina Isla de Valdecañas’.

Se trata de un complejo turístico ubicado en los términos municipales de El Gordo y Berrocalejo (Cáceres), en una isla de 134,5 hectáreas de superficie existente en la presa de Valdecañas.

La Junta de Extremadura recurrirá el fallo de Valdecañas "en defensa del interés general"

La aludida sentencia del Tribunal Supremo había dado lugar a tres recursos de amparo planteados por la Junta de Extremadura, las comunidades de propietarios del complejo y los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo, cuyo conocimiento corresponde al Pleno del Tribunal. En los tres recursos de amparo se había solicitado la adopción de la medida cautelar consistente en la suspensión de la ejecución de la decisión judicial.

"PERJUICIOS IRREPARABLES"

El Pleno del TC ha ponderado los distintos intereses que concurrían en el caso y ha apreciado que el derribo de todo lo ya construido y en funcionamiento en el complejo Isla de Valdecañas ocasionaría perjuicios económicos difícilmente reparables por su entidad o por la irreversibilidad de las situaciones jurídicas que puedan producirse, tanto para la Junta de Extremadura como para los intereses de los propietarios de las viviendas e instalaciones y de los ayuntamientos afectados.

En su decisión, el Pleno ha considerado que era necesario conceder la suspensión cautelar ya que, en caso contrario, una eventual estimación de los recursos de amparo sería meramente declarativa y tardía.

De no concederse la suspensión, la demolición de todo lo construido en el complejo ya se habría producido en el momento en el que el Tribunal Constitucional resolviese los tres recursos, con lo que ya no sería posible devolver las cosas al estado en que se hallaban antes de la ejecución de la sentencia judicial impugnada en los recursos de amparo.

"INTERÉS PÚBLICO"

La decisión del Pleno cuenta con el voto particular de la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, las magistradas María Luisa Balaguer, María Luisa Segoviano y Laura Díez, y el magistrado Ramón Sáez.

Consideran que la suspensión de la ejecución de la sentencia es prematura porque no hay riesgo inminente, al margen de que no se contempla en la ponderación el interés público de protección del medio ambiente.

IMPACTO AMBIENTAL

Desde Ecologistas en Acción han reaccionado a la decisión del TC recordando que el proyecto de resort lleva más de dieciséis años inmerso en procesos judiciales.

El derribo se había acordado por el Supremo, indican, tras un" demoledor" informe de la Estación Biológica de Doñana, un órgano dependiente del Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

El análisis aconsejaba esa actuación," para la mejor protección posible del entorno. Otros de los factores clave en la decisión fueron la pertenencia de la zona a la Red Natura 2000, así como la proximidad relevante de una Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA)".