Consejo de Ministros | Telemadrid
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El Consejo de Ministros aprueba este martes el proyecto de ley que elimina como causa automática de extinción de la relación laboral el reconocimiento de la incapacidad permanente de la persona trabajadora, han confirmado a Efe fuentes gubernamentales.

El proyecto, que fue aprobado en primera vuelta el pasado 21 de mayo, modifica el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores para eliminar esa referencia a la extinción automática.

Con esta reforma, la posibilidad de extinguir el contrato se condicionará a la voluntad de la persona trabajadora, que podrá solicitar una adaptación del puesto de trabajo o el cambio a otro vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.

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El texto establecerá los criterios que permiten determinar cuándo los ajustes necesarios constituirían un coste excesivo para la empresa y también si son razonables para el tamaño de la empresa.

La posibilidad de extinguir el contrato, hasta ahora en manos de la empresa, se condiciona a la voluntad del trabajador, que podrá solicitar una adaptación del puesto de trabajo razonable, necesaria y adecuada, y el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible cuando la carga sea “excesiva”, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.

Para determinar si la carga es “excesiva” para la empresa, el anteproyecto, consultado por Servimedia, señala que “se tendrá en cuenta si puede ser paliada en grado suficiente mediante medidas, ayudas o subvenciones públicas para personas con discapacidad, así como los costes que la adaptación implique, en relación con el salario medio, el tamaño y el volumen de negocios de la empresa”.

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Además, los trabajadores que adquieran una discapacidad sobrevenida que sea causante de una situación de incapacidad permanente dispondrán de un mes desde el momento en el que se les reconozca oficialmente esta situación para informar a su empresa de si quieren permanecer en la compañía, para adaptar el puesto de trabajo, el cambio a otro o proceder a la extinción del contrato. Por su parte, la empresa contará desde entonces de tres meses para responder.