El Tribunal Supremo ha dado un plazo de ocho días a las acusaciones y a las defensas del procés para que realicen alegaciones sobre cómo creen que afecta a la sentencia la reforma que suprime la sedición y rebaja la malversación, que ha entrado en vigor este jueves.
El tribunal que juzgó a los líderes independentistas catalanes ha dictado una serie de providencias, de igual contenido para las partes, en las que les emplaza a realizar "las alegaciones pertinentes" sobre las consecuencias en el procedimiento de la reforma del Código Penal.
La decisión de Supremo coincide con la entrada en vigor este jueves de la reforma del Código Penal que suprime el delito de sedición, que sustituye por uno de "desórdenes públicos agravados", y que reduce asimismo algunas penas del delito de malversación.
Porque una de las consecuencias será la revisión de la condena que el Tribunal Supremo dictó contra varios miembros del Govern catalán por el "procés", entre ellos al exvicepresidente Oriol Junqueras, sentenciado a 13 años de prisión y otros tantos de inhabilitación y que, como el resto, fue indultado parcialmente por el Gobierno.
A la espera de lo que informen las acusaciones -Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox- las defensas creen que la reforma abre la vía de la absolución, convencidos de que los hechos probados no encajan ni en los nuevos desórdenes públicos ni tampoco en la malversación al defender que nunca se causó un perjuicio al erario público.
Por el momento, el magistrado Pablo Llarena, que instruye la causa por el proceso de independencia de Cataluña, ha aplicado al expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont la derogación del delito de sedición, pero mantiene su procesamiento por malversación y desobediencia.
El magistrado ha dictado un auto en el que sostiene que la derogación plantea un "contexto cercano a la despenalización" de los hechos investigados al no encajar en desórdenes públicos, como así sostienen las defensas de los procesados.