El Tribunal Constitucional anula el voto delegado de Puigdemont y Puig en la constitución del Parlamento catalán en junio de 2024

  • La decisión se ha tomado por unanimidad de todos los magistrados, que han aceptado así el recurso presentado por el PP
Carles Puigdemont
Carles Puigdemont |Telemadrid

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por unanimidad la decisión del Parlamento de Cataluña de permitir a Carles Puigdemont que pueda votar desde Waterloo.

Entiende el tribunal de garantías que esta delegación de voto es "constitucionalmente inadmisible", dado que el expresidente de Cataluña elude así la acción de la Justicia y la orden de busca y captura nacional que pesa en su contra.

Arnaldo Otegi se reúne con Carles Puigdemont en Waterloo (Bélgica)
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La decisión, con ponencia del magistrado Ricardo Enríquez, no está afectada por la entrada en vigor de la Ley de amnistía que no puede establecer una situación de excepcionalidad en este acaso.

Recuerda, además, el Constitucional que el Tribunal Supremo (TS) ha rechazado la aplicación de la amnistía a Puigdemont en el delito de malversación. Esta medida no tendrá efectos sobre la composición del Parlamento catalán ni se aplicará de manera retroactiva.

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El TC estima así el recurso del PP contra la decisión de la Mesa de edad del Parlament del pasado 10 de junio, cuando acordó aceptar la delegación del voto de los diputados Carles Puigdemont y Lluis Puig en el arranque de la legislatura. No contar con esos votos habría puesto en peligro la elección de Josep Rull como presidente de la Cámara autonómica.

El Constitucional ya había estimado en la anterior legislatura un recurso de los socialistas catalanes contra la decisión de la Mesa de permitir el voto telemático del Puig.