El Tribunal Supremo rechaza suspender de forma urgente el nombramiento de Rafael Mozo como presidente interino del CGPJ
Desestima así las medidas cautelarísimas solicitadas por el vocal Wenceslao Olea y el secretario del CGPJ
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado suspender de forma urgente el nombramiento de Rafael Mozo como presidente interino del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), una medida cautelarísima que pedían en sus respectivos recursos el único vocal que votó en contra de dicha designación, Wenceslao Olea, y el secretario del CGPJ, José Luis de Benito.
Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, la Sección Sexta de la Sala Tercera ha rechazado las medidas cautelarísimas pero ha acordado al mismo tiempo tramitar la petición de suspensión como medida cautelar para decidir después si la rechaza igualmente o la acepta, todo ello sin entrar a valorar el fondo de dichos recursos.
Olea y De Benito han impugnado el acuerdo alcanzado el pasado jueves por el Pleno del CGPJ para nombrar a Mozo --el vocal de mayor edad-- su "presidente suplente", lo que supuso dividir la jefatura del Poder Judicial, por cuanto el magistrado Francisco Marín Castán ejerce en funciones la Presidencia del Tribunales Supremo desde que la renuncia de Carlos Lesmes de ambos cargos surtió efecto.
El conflicto sucesorio se desató el pasado 9 de octubre, cuando Lesmes anunció su dimisión como presidente del CGPJ y TS --cargos que ejerce la misma persona-- ante la falta de avances tangibles en las negociaciones entre PSOE y PP para renovar el órgano de gobierno de los jueces, tal y como había advertido durante la apertura del año judicial, el 7 de septiembre.
Lesmes intentó dejar atada su sucesión encargando al Gabinete Técnico del TS dicho informe, conforme al cual Marín Castán le reemplazaría automáticamente una vez consumada la renuncia porque es quien ejerce la Vicepresidencia del Supremo.
Sin embargo, el CGPJ designó a su propio presidente esgrimiendo Marín Castán carece de legitimidad para asumir ambas presidencias porque ocupa la Vicepresidencia del Supremo de forma interina desde 2019. Por las mismas razones, los vocales concedieron que Mozo tampoco podrá actuar como máxima autoridad del TS.
EL VOTO PARTICULAR DE OLEA
El acuerdo del Pleno salió adelante con 16 de los 18 votos en juego. Solamente contó con el rechazo expreso de Olea, que emitió un voto particular, mientras que la vocal Mar Cabrejas se ausentó específicamente de esta votación por no estar de acuerdo con la entronización de Mozo.
En su voto particular, Olea ya avanzaba que, a su juicio, desdoblar las presidencias del CGPJ y del TS es ilegal porque la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) imponen que quien ejerza la del Supremo desempeñe también la del Consejo.
"Se está vulnerando nada más y nada menos que la Constitución", avisó Olea, que además de vocal del actual CGPJ es magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
Asimismo, puso de manifiesto que Mozo "no reúne ninguna" de las condiciones legales para erigirse como presidente, esto es, ser miembro de la carrera judicial con la categoría de magistrado del TS y reunir los requisitos exigidos para ser presidente de Sala del mismo, o ser un jurista de reconocida competencia con más de 25 años de antig~edad en el ejercicio de su profesión.
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