El Tribunal de Cuentas rechaza suspender el juicio a Puigdemont por los gastos del 1-O y la acción exterior

  • El ex president pedía suspender porque el Supremo aún no ha concluido la investigación en su contra por el 'procés'
Tribunal de Cuentas
Tribunal de Cuentas |TELEMADRID

El Tribunal de Cuentas (TCu) ha rechazado este viernes suspender el juicio previsto para el próximo 17 de noviembre por los gastos del 1-O y la acción exterior contra 35 ex altos cargos catalanes, desestimando así la petición que le habían realizado la defensa del ex presidente de Cataluña y líder de Junts, Carles Puigdemont, y de los ex consejeros Lluis Puig, Toni Comín y Clara Ponsatí.

La defensa se basaba en la jurisprudencia establecida por la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) 3746/2020, de 10 de noviembre, que señala que "el Tribunal de Cuentas no puede pronunciarse en ningún caso sobre la responsabilidad contable derivada de una conducta presuntamente delictiva mientras no exista una resolución penal firme que declare si, en efecto, se trata de hechos constitutivos de delito".

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Así, recordó que tanto en el caso de Puigdemont como de sus ex consejeros el procedimiento penal que se sigue en su contra en el Supremo por el 'procés' aún no ha terminado. Ello se debe a que permanecen prófugos de la Justicia y eso ha impedido que se les tome declaración indagatoria --paso previo a concluir sumario--, salvo en el caso de Ponsatí, que permanece a la espera de que la Sala de lo Penal confirme la conclusión del mismo.

La defensa consideró "preocupante" que "se quiera continuar con un juicio de responsabilidad contable conociéndose que está pendiente aún el procedimiento penal del cual podrán o no deducirse las correspondientes responsabilidades contables", aduciendo incluso que sería "un gasto indebido de recursos públicos" celebrar el juicio.

Sin embargo, la consejera ha rechazado suspender la vista oral indicando que la cuestión planteada por Puigdemont y sus ex consejeros no es nueva, porque ya se ventiló en la audiencia previa celebrada el pasado 16 de diciembre y fue desestimada.

Así, se remite a lo razonado entonces, insistiendo en que no procede suspenderlo, por aplicación del principio de compatibilidad entre las jurisdicciones penal y contable.

En otra resolución, la consejera ha respondido rechazando igualmente la petición formulada por Sociedad Civil Catalana (SCC) para que se le permitiera realizar sus conclusiones de forma oral. El TCu ha ratificado su decisión de que éstas se presenten por escrito tras el juicio.

EL JUICIO DEL 17 DE NOVIEMBRE

La vista está fijada para las 11.00 horas del próximo viernes. Sin embargo, aún cabe la posibilidad de que estas u otras defensas vuelvan a pedir la suspensión pero agarrándose esta vez a la futura amnistía, una vez registrada la proposición de ley en el Congreso de los Diputados.

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Durante el juicio, que está previsto que dure un solo día, se realizará la práctica de las pruebas de interrogatorio de parte y testificales, entre ellas Puigdemont --no como testigo, sino como parte--.

Fuentes del órgano fiscalizador consultadas por Europa Press precisan que, aunque los encausados no tienen obligación de comparecer, dado que les pueden representar sus defensas, el caso de Puigdemont es distinto porque en la audiencia previa la consejera accedió a citar al ex president a petición de otra defensa.

Las mismas fuentes apuntan que se da por hecho que la citación de Puigdemont es presencial porque hasta el momento su abogado no ha comunicado imposibilidad alguna para acudir al TCu ni ha solicitado que comparecer por vídeoconferencia.

Se espera, además, que ese día se dé por presentada la prueba documental y que las conclusiones sean aportadas luego por las defensas y las acusaciones --en este caso ejercidas por la Fiscalía y Sociedad Civil Catalana--.

FISCALIA RECLAMA 3,1 MILLONES

Cabe recordar que en esta causa la Fiscalía reclama 3,1 millones de euros de forma conjunta y solidaria a los 35 encausados tras rebajar las estimaciones iniciales del propio TCu, que había previsto una responsabilidad contable de unos 9,5 millones de euros. Sociedad Civil Catalana, por su parte, reclama 5 millones de euros a 11 ex cargos del Govern incluidos en la lista del Ministerio Público. Los encausados ya han aportado una fianza de cara al juicio para evitar embargos.

Entre los 35 nombres consta --además de Puigdemont y su ex 'número dos' Oriol Junqueras-- el del ex presidente catalán Artur Mas, que ya fue condenado por el propio Tribunal de Cuentas a devolver a la Generalitat algo más de 4,9 millones de euros (a los que se sumó más de un millón de euros en concepto de intereses) por la organización de la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014.

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En la lista también figuran ex consejeros condenados por el Supremo, como Ra~l Romeva y JordiTurull; ex consejeros huidos, como Toni Comín y Lluís Puig; ex delegados de la Generalitat en el extranjero, como los de Estados Unidos, Francia, Italia y Portugal; y delegados en el exterior que aún permanecen en el cargo, como Marie Katinka (Alemania) y Eric Hauck (países del sudeste de Europa).

Asimismo, están encausadas nueve personas que fueron procesadas por el Juzgado de Instrucción Número 13 de Barcelona en la causa abierta por los preparativos del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Destacan el ex secretario general de la Presidencia del Govern Joaquim Nim; el ex secretario de difusión de Presidencia Antoni Molons; el ex secretario general de Trabajo Josep Ginesta; y el ex director del Diplocat Albert Royo.

La Fiscalía precisó en su escrito, al que tuvo acceso Europa Press, que la parte de la demanda dedicada a los gastos del 1-O "cumple la encomienda realizada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo" al condenar por malversación a Junqueras y a los ex consejeros Romeva, Bassa y Turull. También incluyó en su demanda a tres "rebeldes": Puigdemont, Comín y Puig.

Respecto a la parte de la demanda relativa a los gastos de la acción exterior, el Ministerio Fiscal incluyó tanto los viajes realizados por el ex presidente y los ex consejeros como los gastos efectuados por las distintas delegaciones de la Generalitat en el extranjero y las diversas actividades del 'Diplocat', tanto aquellas destinadas a promocionar el proceso soberanista como otra serie de gastos.