El juez García Castellón archiva el caso Tsunami Democràtic
El magistrado toma la decisión después de que Audiencia Nacional declara nulo el caso Tsunami desde 2021 por un error del juzgado
Figuraban diez personas investigadas, entre ellas la exsecretaria general de ERC Marta Rovira
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado el archivo de la causa de Tsunami en la que figuraban diez personas investigadas, entre ellas la exsecretaria general de ERC Marta Rovira, tras la decisión de la Sala de lo Penal de declarar la invalidez de las diligencias en esta causa desde el 29 de julio de 2021.
El magistrado acuerda también remitir testimonio de su resolución a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo “para su unión y demás efectos que procedan en su procedimiento de causa especial” en la que está investigado por terrorismo el expresidente catalán Carles Puigdemont.
En el auto, el juez acuerda también remitir testimonio de su resolución, así como la de la Sala de lo Penal, a la Sala Segunda del Tribunal Supremo "para su unión y demás efectos que procedan en su procedimiento de causa especial".
En su auto, el juez instructor asume el criterio de la Sala de lo Penal que señalaba en su resolución que atendía el recurso de una de las investigadas, Marta Molina, y que una vez anuladas todas las diligencias acordadas en estos últimos tres años, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se tenía que pronunciar contando únicamente con el material existente hasta julio de 2021.
El magistrado explica que a las personas investigadas en esta causa no se les ha tomado declaración en fechas anteriores al límite temporal de julio de 2021 que ha fijado la Sala de lo Penal, por lo que procede el archivo.
Para el instructor, estas diligencias incluyen hechos que son susceptibles de manera inequívoca de un delito de terrorismo, pero con el pronunciamiento de la Sala "no existen motivos suficientes "para atribuir la comisión a los investigados.
La decisión de García Castellón se conoce después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso de la investigada en la causa de Tsunami Democratic Marta Molina y ha declarado la invalidez de todas las diligencias que el juez instructor acordó con posterioridad al 29 de julio de 2021, fecha en la que dictó un auto de prórroga de seis meses de la investigación.
En un auto, el Tribunal da la razón a la recurrente al considerar que la prórroga fue extemporánea y ordena a García Castellón que dicte la resolución establecida en el artículo 779 de la Ley de enjuiciamiento Criminal, según el cual el instructor debe decidir si continúa con la causa o dicta el sobreseimiento y para ello, se tendrá que basar solamente en las diligencias acordadas antes del 29 de julio de 2021.
En esas fechas, el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional aún no había dirigido la investigación de esta causa por terrorismo contra el expresidente catalán Carles Puigedmont. La Sala da ahora la razón a la investigada Marta Molina cuando señala que la prórroga que dispone el auto de 30 de julio de 2021 del juez instructor es “extemporánea”.
El juzgado consideraba que el plazo de instrucción no llegó a expirar por el auto de 30 de julio de 2021 en el que acordó la prórroga y que le “dio continuidad sin que se produjese interrupción alguna”.
Sin embargo, para la Sala de lo Penal este razonamiento del instructor resulta contradictorio, ya que aunque ambos hechos, "la expiración y su prórroga sean cercanos –están separados por menos de 24 horas- es palmario que lo primero se había producido cuando se acordó lo segundo”.
Por todo ello, el Tribunal concluye que la proximidad temporal de expiración de plazo y prórroga no indica continuidad en la instrucción, sino precisamente lo contrario: la solución de esa continuidad.
En el caso de otro de los recurrentes, el investigado Josep Lluis Alay, la Sala rechaza su recurso en el que pedía el sobreseimiento como consecuencia de la expiración del plazo de instrucción.
Los magistrados consideran que Alay constaba en este causa como investigado antes del 29 de julio de 2021, día en que concluyó la fase de instrucción, aunque no hubiere prestado declaración como tal.
La Sala indica que será ahora el juzgado el que, con libertad de criterio y ajustándose a las diligencias practicadas dentro del periodo de instrucción que concluyó el 29 de julio de 2021, resuelva lo que considere oportuno.
Reacciones
La expresidenta del Parlament Laura Borràs ha expresado este lunes su satisfacción porque "se acaba el delirio de un Tsunami que fue cívico, pacífico y democrático y no terrorismo".
Por su parte, el presidente de la Generalitat de Cataluña en funciones, Pere Aragonès, ha asegurado que el archivo del caso Tsunami debe suponer "el punto final del sufrimiento y la angustia infringida a tanta gente".
Antes de que se conociera el archivo del caso, Gonzalo Boye, abogado de Carles Puigdemont, celebraba Audiencia Nacional haya reconocido que la defensas tenían "razón" y haya anulado la investigación del caso Tsunami desde 29 de julio de 2021.
Considera que la decisión judicial obliga a archivar la causa para todos los investigados que hasta la fecha no hayan prestado declaración como imputados, entre ellos el propio Puigdemont o su asesor Josep Lluís Alay. "Ni el Supremo ni la Audiencia Nacional van a hacer acrobacias".
Por su parte, ERC señala las "irregularidades" que contiene el caso Tsunami se encuentra la "motivación política" del juez Manuel García Castellón, al tiempo que ha abierto la puerta al retorno de su secretaria general, Marta Rovira, instalada en Suiza desde 2018.
"Deberían quedar libres de cualquier persecución judicial, dado que las movilizaciones de Tsunami Democràtic se enmarcan en el ejercicio de derechos fundamentales".
En redes sociales, el secretario general de Junts, Jordi Turull, ha señalado que el hecho de que se haya invalidado parte del ‘caso Tsunami’ es “el colofón del delirio y la insolvencia” del juez Manuel García-Castellón.
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