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El juez ha avisado a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, de que tiene la "obligación" de acudir el lunes a los juzgados de Plaza de Castilla para seguir la declaración como testigo del empresario Juan Carlos Barrabés y le ha advertido de que si no acude o no alega "causa justa" para su ausencia podrá dictar una "orden de detención".

Así consta en una cédula de citación, a la que ha tenido acceso Europa Press, firmada por la letrada de la Administración de Justicia (LAJ) del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid el pasado 17 de junio.

Según recoge el documento, Gómez "tiene el deber de comparecer asistida de abogado de su elección" el lunes 15 de julio a las 11.00 horas a la planta sexta de los Juzgados de Plaza de Castilla, donde se encuentra la sala de vistas del juzgado que dirige el juez Juan Carlos Peinado.

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"Le apercibo que tiene obligación de comparecer y que de no hacerlo ni alegar causa justa que se lo impida, podrá convertirse esta citación en orden de detención", señala la LAJ.

El juez explica que en este caso se ordena a Gómez acudir al juzgado porque la declaración como testigo de Barrabés se utilizará como prueba preconstituida en un eventual juicio por razones de salud del empresario; es decir, que la declaración del lunes, aunque se realizará en la fase de investigación, podrá utilizarse en caso de que se celebre un juicio.

No obstante, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), en su artículo 449 bis, fija que en los casos en los que se acuerde la práctica de la declaración de un testigo como prueba preconstituida tienen obligación de comparecer los abogados de todas las partes, no así las personas investigadas.

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LOS CONTRATOS ADJUDICADOS A LA EMPRESA DE BARRABÉS

Cabe recordar que Gómez acudió al juzgado el pasado viernes 5 de julio para declarar como investigada, pero finalmente se pospuso el interrogatorio para el 19 de julio porque no se le había notificado correctamente una de las querellas aportadas al procedimiento. Ese día se llevó a cabo un gran despliegue policial en las inmediaciones de Plaza de Castilla y se autorizó su entrada al juzgado por el garaje por cuestiones de seguridad.

Según el juez, Gómez tendrá que volver el lunes 15 para presenciar el interrogatorio a Barrabés, que seguiría ingresado en un centro hospitalario debido a su estado de salud. Su declaración se celebrará después de que el pasado mayo el juez ordenara a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que le remitiese los contratos que fueron otorgados al empresario Juan Carlos Barrabés desde Red.es, el Consejo Superior de Deportes y el Ayuntamiento de Madrid.

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El instructor pidió a los agentes que recabasen los expedientes de contratación a la entidad Innova Next SLU, propiedad de Barrabés. En la denuncia que dio origen a la investigación, Manos Limpias aseguraba que uno de los empresarios "beneficiados" por las "recomendaciones o avales" de Begoña Gómez es Barrabés, a quien se le habría adjudicado licitaciones públicas por valor de 10 millones de euros.

"Este empresario además montó el Máster de Transformación Social Competitiva de la denunciada", sostenía la denuncia, que añadía que la cátedra de Begoña Gómez fichó además como profesor asociado a ese empresario.

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Recientemente, el juez Peinado señaló que estaba investigando "todos los actos, conductas y comportamientos" llevados a cabo por Gómez "desde que su esposo es el presidente del Gobierno que se contienen en la denuncia inicial" presentada por Manos Limpias por tráfico de influencias, en relación con sus presuntos vínculos con el empresario Juan Carlos Barrabés y los contratos con éste que no han quedado en manos de la Fiscalía Europea.

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Begoña Gómez pide el archivo a la Audiencia de Madrid

Por su parte, el abogado de Begoña Gómez ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid el auto del juez Juan Carlos Peinado en el que le informaba de que estaba investigando “todos los actos, conductas y comportamientos” que había mantenido desde que su esposo, Pedro Sánchez, es presidente del Gobierno.

En su escrito de apelación sostiene que el instructor está realizando una investigación "prospectiva e inquisitorial", que tanto el Tribunal Supremo como el Constitucional prohíben expresamente. Antonio Camacho, que representa a Gómez, argumenta que “en un Estado de derecho avanzado como el nuestro” no cabe la investigación de “toda la vida de mi representada, ni siquiera con la vinculación de esa formulación que hace el auto objeto de recurso a la denuncia inicial del sindicato Manos Limpias. En definitiva, que no cabe una investigación de todos los actos, conductas y comportamientos de nadie en un sistema procesal penal democrático”.

El letrado vuelve a recurrir ante la Audiencia Provincial de Madrid que ya se pronunció sobre esta investigación el pasado 29 de mayo, estableciendo que de entre los hechos denunciados por Manos Limpias tan sólo se debía aclarar lo relativo a los contratos del ente público Red.es, que ahora están en manos de la Fiscalía Europea por involucrar fondos comunitarios.

Camacho defiende que no hay indicios delictivos que justifiquen continuar esta instrucción y, por tanto, “mi representada debe dejar de estar en este procedimiento en calidad de investigada. Y todo ello sin perjuicio de que los hechos por los que se inició esta causa estén siendo investigados por la Fiscalía europea".

El Gobierno: el abogado puede acudir a la declaración de Barrabés

La portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, ha afirmado este martes que la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite que sea el abogado de la defensa quien acuda a una declaración judicial, en lugar de la persona investigada, en alusión al caso de la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez.

En rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Alegría ha dicho que lo único que se conoce "hoy por hoy" es que el propio abogado de Begoña Gómez, Antonio Camacho, pidió este lunes a la Audiencia Provincial el archivo de la causa al entender que se estaba haciendo una "investigación prospectiva".

Ha añadido que el articulado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que quien "tiene que acudir es el abogado de la defensa y si no estuviese habría que nombrar a un abogado de oficio. Es lo que dice la Ley de Enjuiciamiento Criminal, si hay un jurista en la sala puede acudir al articulado" para corroborarlo.