El próximo 9 de junio, los españoles están llamados a las urnas para elegir a 61 eurodiputdos | EUROPA PRESS
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El próximo 9 de junio, los españoles están llamados a las urnas para elegir a los 61 eurodiputados que representarán al país en el Parlamento Europeo. Ciudadanos de toda la Unión Europea van a elegir un total de 720 representantes, 15 más que en las anteriores elecciones.

Así votó Europa en las últimas elecciones

El pasado 14 de mayo, el B.O.E. publicó las candidaturas que se presentan a las elecciones. La cuenta atrás ha comenzado y estas son las fechas que debes tener en cuenta

    El día 15 de mayo comenzaron a enviarse las papeletas oficiales para que los españoles que residen de manera permanente fuera del país puedan ejercer su derecho al voto. En el caso de que se impugne la proclamación de algún candidato, el plazo de envío podrá prolongarse hasta seis días más.

      A partir de este día la Oficina del Censo Electoral enviará la documentación necesaria para el voto por correo a todos aquellos que lo hayan solicitado.

      Este día se abre también el plazo para que, los que lo hayan solicitado, puedan enviar su voto por correo. Hay que realizar el trámite desde una oficina de Correos. El plazo termina el miércoles 5 de junio, es el último día para que todo aquel que no va a poder votar de manera presencial el día de las elecciones pueda ejercer su derecho a través de Correos.

      Más de 38 millones de españoles podrán votar en las elecciones europeas del 9 de junio

      El plazo para solicitar el voto por correo se abrió el 16 de abril y terminará el 30 de mayo.

        A las 00 horas del viernes 24 de mayo comenzará la campaña electoral para las elecciones europeas. Tendrá una duración, como es habitual, de 15 días, por lo que finalizará el día 7 de junio a las 24:00 horas.

          El 16 de abril se abrió el plazo para que pidan el voto por correo todos aquellos ciudadanos que prevean ausentarse de la localidad donde estén censados el día de las elecciones, 9 de junio, pero que se encuentren en España. El día 30 de mayo es el último día para solicitarlo.

          El voto por correo para las europeas del 9 de junio se puede solicitar ya por internet o presencialmente

          La votación se puede realizar, bien de manera presencial en una oficina de Correos o de manera telemática en la web de Correos, desde el 20 de mayo hasta el 5 de junio.

            El primer día de junio se abre el plazo para que todos aquellos ciudadanos españoles que residan de manera permanente en el extranjero puedan ejercer su derecho al voto de manera presencial en dicho país. Deben depositar el voto en la embajada española de su país de residencia o, en su defecto, en el consulado o centro habilitado al efecto.

              Desde cinco días antes del 9 de mayo, jornada electoral en España, (4 de junio) no se podrá publicar ni difundir ni reproducir ningún sondeo electoral.

                Termina el plazo para que aquellos españoles que residen de manera permanente en el extranjero puedan enviar (sin ir de manera presencial) su voto a la embajada, consulado o centro habilitado a tal efecto en el país en que tienen fijada su residencia. Este plazo se abrió el 15 de mayo.

                  El miércoles 5 de junio termina el plazo para que todos aquellos que van a votar por correo, tanto si lo hacen desde el interior de España como si votan desde el extranjero.

                  Los ciudadanos que se encuentren en España el 9 de mayo pero hayan escogido la opción del voto por correo, deben presentar su voto y la documentación pertinente en una oficina de Correos.

                  Las próximas elecciones europeas se celebrarán el 9 de junio de 2024

                  Los españoles que se encuentren el día 9 de junio en el extranjero de manera temporal ( por un viaje de mayor o menor duración, o circunstancias que les obliguen a ausentarse del país en la fecha de la votación) deben enviar su voto a su mesa electoral en España mediante correo certificado, siempre y cuando lo hayan solicitado antes en la oficina consular y en el plazo establecido entre el 16 de abril y el 11 de mayo. El plazo para enviar el voto se abrió el 15 de mayo.

                    Los españoles residentes en el extranjero de manera permanente tienen de plazo hasta el 6 de junio para depositar su voto en la embajada, consulado o centro habilitado a tal efecto del país en que residan.

                      Las elecciones europeas de 2024 se celebran entre el 6 y el 9 de junio. Algunos países europeos comenzarán a votar el día 6 de junio pero no se empezarán a conocer los resultados en ningún país hasta que todos los colegios electorales hayan cerrado sus puertas el domingo 9 de junio. En España abrirán el 9 de junio.

                        A las 24:00 del 7 de junio concluirá la campaña electoral en España. A partir de ese momento no se podrá hacer publicidad de ninguna de las candidaturas.

                          El sábado 8 de junio está considerado como día de reflexión y no se podrá pedir el voto ni hacer campaña en favor de ninguna candidatura.

                            Los colegios electorales abrirán en España a las 9:00 de la mañana. Se podrán efectuar las votaciones desde esa hora hasta las 20:00 h, presentando en la mesa electoral el D.N.I, pasaporte o permiso de conducir.

                            En el caso de que a las 20:00 horas quede alguna persona en la cola para votar que no haya podido ejercer su derecho, podrán hacerlo, aunque se cierren las puertas del colegio, hasta que haya votado todos los que están esperando. Después depositaran su voto en la urnas los miembros de la mesa electoral y los interventores.

                            Las próximas elecciones europeas se celebrarán el 9 de junio de 2024

                            Durante las semanas anteriores, la Oficina del Censo Electoral ha estado remitiendo una tarjeta censal a todos los electores residentes en España con sus datos de inscripción en el censo. En estas tarjetas se les informa del colegio electoral al que deben acudir el 9 de junio para ejercer su derecho al voto, así como de la mesa que les corresponde.

                              Es el plazo que tienen las Juntas Electorales provinciales para realizar el escrutinio.

                                Una vez realizado el escrutinio y resueltas la presentación de reclamaciones por parte de representantes y apoderados (tienen de plazo dos días después de la conclusión del escrutinio) las Juntas Electorales Provinciales remitirán a la Junta Electoral Central certificación sobre los resultados de las elecciones en cada provincia entre el 14 y el 24 de junio.

                                  La Junta Electoral Central tiene de plazo hasta el 24 de junio para el recuento definitivo de votos, la atribución de escaños y la proclamación de los candidatos electos.

                                  Los candidatos tienen un plazo de cinco días desde la proclamación para prometer o jurar. Las formaciones políticas tienen un plazo de tres días, a contar tras la proclamación de candidatos, para interponer recursos ante la Junta Electoral Central

                                    El plazo para la publicación de los resultados oficiales de las elecciones al parlamento europeo 2024 termina 40 días después de la proclamación de los candidatos electos.