La Fiscalía aconseja no privar de libertad a menores que maltratan a sus padres
La Fiscalía General del Estado aconseja a los fiscales que adopten medidas no privativas de libertad para los menores que maltratan a los padres, tales como la convivencia con grupo familiar o educativo, la libertad vigilada o el alejamiento.
Así lo hace constar la Fiscalía en una circular que ha enviado hoy a todas las fiscalías sobre "el tratamiento desde el sistema de justicia juvenil de los malos tratos de los menores contra sus ascendientes", en la que, además, indica que la fase de instrucción de estos casos deberá ser "breve y simplificarse al máximo".
La circular aconseja una actuación preventiva de los servicios sociales y de instituciones de protección de menores antes de la activación, "siempre traumática", del sistema de justicia juvenil.
La Fiscalía ha enviado este documento tras constatar la existencia de este problema, que tiene "una profunda incidencia social y cuyo origen puede estar asociado a deficiencias en el proceso educativo de los menores".
No obstante, en la circular se subraya que el maltrato de los menores a sus progenitores no es un fenómeno asociado "exclusivamente" a las familias desestructuradas, por lo que no es "infrecuente" que esté integrado en familias con nivel económico y social medio y alto.
En cuanto al perfil de estos menores, la Fiscalía afirma que son fundamentalmente adolescentes masculinos en familias monoparentales, que se han criado solo con su madre y "hacia la que adoptan posturas patriarcales y machistas".
En este sentido, la Fiscalía ha detectado una evolución en el perfil del maltratador desde el punto de vista del sexo, ya que "cada vez se tiende a una mayor equiparación entre el número de agresores hijos e hijas", si bien la víctima sigue siendo, "mayoritariamente", la madre.
La Fiscalía aconseja a los fiscales no adoptar medidas que priven al menor de libertad.
Apuesta por la libertad vigilada y considera que puede ser "especialmente aconsejable" que el menor siga un terapia familiar o de desintoxicación; la obligación de acudir al centro educativo o talleres; o seguir reglas tendentes "a lograr una debida estructuración del ocio y del tiempo libre".
También aconseja las órdenes de alejamiento del agresor con respecto a la familia aunque recomienda que se incorpore una cláusula para facilitar las terapias familiares, "pieza básica en la ejecución de las mismas".
Por otro lado, apunta que "un buen número de fiscalías" coinciden en señalar la "gran efectividad" de la convivencia con grupo familiar o educativo cuando es necesario que el menor no siga en el domicilio y si no procede su internamiento.
Esta medida, según la circular de la Fiscalía, puede combinarse con la del alejamiento "de modo que a la vez que se pacifica la crisis familiar, se dota a las víctimas de un instrumento protector".
La convivencia del menor con grupo familiar o educativo puede articularse colocando a éste en un hogar distinto dentro de su familia extensa, o si no, en pisos de convivencia.
Por ello, la Fiscalía estima que el internamiento cautelar del menor debe ser el último recurso aunque añade que si se aplica deberá de hacerse "conforme a los principios de excepcionalidad proporcionalidad, subsidiariedad y provisionalidad".
El contenido de la circular es aplicable desde que las fiscalías lo reciben.
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