El Gobierno ha aprobado hoy una reforma laboral que persigue facilitar la indemnización por despido en 20 días, que crea un nuevo contrato indefinido para las pymes, que limita a dos años la prórroga de los convenios y cifra en 9 meses la caída de ventas o ingresos que justifican el despido objetivo.
Según fuentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, al aclararse las causas que permiten despedir con 20 días de indemnización, será más fácil utilizar el despido objetivo que se justifica en razones económicas, técnicas, organizativas y de producción.
DESPIDO MÁS BARATO
Las empresas que, desde la entrada en vigor de la norma- mañana está previsto que se publique en el BOE- acrediten nueve meses seguidos de caída de ventas o ingresos podrán despedir con 20 días.
La intención de Empleo es que se tienda a que el despido justificado cueste 20 días (con un tope de una anualidad de salario) y no a que el empresario siga utilizando el exprés (45 días de indemnización por despido improcedente por un tope de 42 mensualidades).
Además, con la reforma desaparece la posibilidad de que se contrate como fijo ordinario (su indemnización es de 45 días por año trabajado) y sólo existirán el contrato de fomento del empleo estable y el nuevo indefinido para las pymes y autónomos (con una indemnización de 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades).
Para los que ahora tienen un fijo ordinario se mantendrá la cuantía de los 45 días de despido hasta la entrada en vigor de la norma y a partir de ese momento será de 33 días. Lo que no varía es el límite de 42 mensualidades de abono.
BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN
El contrato indefinido para autónomos y pymes (de menos de 50 trabajadores) tendrá un período de prueba de un año y una deducción de 3.000 euros si el primer trabajador que se contrata es un menor de 30 años.
CONVENIOS COLECTIVOS
En negociación colectiva se limita a dos años la prorroga de un convenio que haya expirado y no exista acuerdo entre las partes para renovarlo.
Los descuelgues (la no aplicación del convenio) se generalizan y si no hay acuerdo entre empresarios y trabajadores deberán someterse a un arbitro que nombrará la comisión consultiva de convenios colectivos o sus equivalentes autonómicos.
EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO
En cuanto a los Expedientes de Regulación de Empleo se elimina la autorización previa administrativa a cambio de que el empresario lo comunique a la autoridad laboral y lo negocie con los trabajadores.
Si no hay acuerdo el empresario tendrá la decisión de presentarlo y los trabajadores podrán recurrirlo en los tribunales.
Las empresas que despidan a más de 100 trabajadores deberán contratar con una empresa externa un plan de recolocación por un período mínimo de 6 meses.
RESPONSABILIDAD A LOS AGENTES SOCIALES
La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha llamado hoy a la "responsabilidad" a los agentes sociales en relación a eventuales movilizaciones, tras aprobar por decreto la reforma laboral, cuyo contenido presentará a empresarios y sindicatos "en todo detalle" el próximo lunes.
"Apelamos a su responsabilidad en un momento de crisis grave" ya que "a corto plazo esta reforma frena la sangría" de empleos, ha defendido Báñez en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en la que se ha aprobado el decreto, que será tramitado como un proyecto de ley en el Congreso, y por tanto podrá ser enmendado.
Báñez ha recalcado que durante todo el proceso de elaboración de la reforma el Gobierno ha estado en contacto "permanente" con empresarios y sindicatos, y se ha remitido a la petición que les hizo el jefe del Ejecutivo, Mariano Rajoy, para que se pusieran de acuerdo en los términos de la modificación del mercado laboral.
Lograron un "importante" acuerdo de moderación salarial, ha recordado, pero ante el desacuerdo en el resto de materias, "la obligación del Gobierno" es legislar al respecto, ha dicho la ministra.
Por ello, preguntada por si el Gobierno está "preparado" para eventuales movilizaciones sociales en protesta por la reforma, Báñez ha apelado a la "responsabilidad" de los implicados.