El Gobierno aprueba subir la velocidad a 130 km/h en algunos tramos
Duplica las multas por alcoholemia y drogas
Cataluña adelanta que no permitirá circular a 130 km/h porque el parque móvil es viejo
El Gobierno ha remitido a las Cortes el proyecto de reforma de la Ley de Tráfico que permitirá incrementar hasta 130 kilómetros por hora la velocidad máxima en determinadas condiciones y tramos de autopistas y autovía, y duplicar la multa por consumo de alcohol al volante hasta los 1.000 euros.
Tras haber sido sometida a los informes de los organismos pertinentes e, incluso al Comité español de representantes de personas con discapacidad, Cermi, y de la Asociación para el estudio de la lesión medular espinal, Aesleme, el proyecto pasa ahora al Congreso.
Según ha subrayado el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en la rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros, algunas de las medidas, como la subida de la velocidad, no entrarán en vigor hasta que no se apruebe el Reglamento de Circulación, previsiblemente en marzo.
A FINALES DE AÑO
Tampoco lo hará antes de esa fecha la reducción de los límites de velocidad en las carreteras convencionales o secundarias y en vías urbanas, pero sí entrarán en vigor a finales de año, cuando las Cortes aprueben la reforma de la ley, las sanciones por alcohol y drogas o el uso obligatorio del casco de la bici en ciudad para menores de 18 años.
La utilización o no de este elemento para el resto de ciclistas en las urbes no se decidirá hasta que concluya el debate que se lleva a cabo en una subcomisión del Congreso.
Fernández Díaz ha insistido en que en términos generales el límite máximo de velocidad en autopistas y autovías será el actual, 120, y sólo se subirá a 130 en determinados tramos en función de su índice de siniestralidad, características de la vía o condiciones climatológicas.
En relación con el anteproyecto, ya presentado por el ministro en julio, el texto recoge algunas de las aportaciones de los organismos consultados, como el Ministerio de Sanidad o Aesleme.
Así, el texto mantiene la prohibición de conducir con la presencia de drogas en el organismo, pero establece la excepción para aquellas personas que tengan que consumirlas por prescripción facultativa y una finalidad rehabilitadora, como las que reciben tratamiento para desengancharse de su adicción.
"No es justo ni razonable" que esas personas se vean privadas de conducir o tengan que suspender su tratamiento si lo hacen, ha dicho el ministro, quien ha dejado claro que esta salvedad de la ley está en consonancia con otras normativas de países avanzados.
LA PERDIDA DE PUNTOS A PARTIR DE 150 KMS/H
Por sugerencia de Aesleme, el proyecto prevé que en los casos de exceso de velocidad la multa llevará aparejada, además de la sanción económica, la pérdida de puntos siempre que se superen los 150 km/h, con independencia de que el límite máximo sea de 120 km/h ó 130 km/h cuando éste se apruebe para determinados tramos, que estarán debidamente señalizados.
Otra de las novedades respecto al texto original se refiere a los los atropellos cinegéticos, de manera que, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo.
Pero cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de la práctica de la caza (en un coto, por ejemplo), el responsable será el propietario del terreno, y si es por la falta de reparación del vallado o de la señalización, lo será el titular de esa vía donde se ha producido el atropello.
La reforma de la Ley de Tráfico incluye pruebas de drogas y alcohol a los peatones que infrinjan normas de circulación y no solo a aquellos que sean víctimas o copartícipes de un siniestro.
La prueba salival, mediante dispositivo autorizado, será el medio preferente para detectar in situ la presencia de drogas en el organismo para su posterior análisis.
Según el ministro, del total de fallecidos en accidente el año pasado, el 47,3 por ciento dio positivo en alcohol, drogas o psicofármacos.
Desde mayo de 2012, Tráfico ha realizado alrededor de 10.000 controles para detectar el consumo de droga y en los efectuados "al azar", el 16 por ciento dio positivo.
En los controles "no hechos al azar", es decir, en los de alcoholemia negativa pero repetidos ante los síntomas sospechosos que observan los agentes, la cifra alcanza el 76 por ciento.
Por otro lado, el texto prohíbe el uso de detectores de radar, que serán multados con 200 euros y tres puntos del carné.
También regula los sistemas de retención infantil, que pasan de un sistema de edad a uno de talla, con una previsión de 135 centímetros, salvo excepciones.
La ley obliga a comunicar a la autoridad de tráfico, con carácter previo a su inicio, la realización de obras en las vías.
Se incorporan dos nuevos supuestos de inmovilización del vehículo: el incumplimiento de las condiciones de la autorización para la circulación de vehículos (horarios, peso máximo autorizado, etc), y la conducción sin el permiso para camiones o autobuses.
LA GENERALITAT CATALANA DICE NO A LOS 130
La Generalitat de Cataluña ya ha adelantado que no subirá el límite de velocidad a 130 kilómetros porque considera que el parque automovilístico que circula por sus carreteras está envejecido y, por culpa de la crisis, en deficientes condiciones de seguridad.
Según han informado fuentes del Servicio Catalán de Tráfico (SCT), Cataluña no aplicará la reforma de la Ley de Tráfico que permitirá el incremento de la velocidad máxima en autovías y autopistas, un proyecto que el Gobierno ha remitido hoy a las Cortes para su discusión y aprobación.
En cuanto al resto de medidas que reforma el proyecto de ley, como el aumento de las multas por alcoholemia, el Servicio Catalán de Tráfico ha explicado que sí las aplicará.
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