Hacienda concluye que ni el PP ni Rajoy cometieron delito fiscal
Informe aportado al juez del caso Bárcenas
La Agencia Tributaria ha concluido en un informe aportado al juez del caso Bárcenas que ni el PP, ni el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ni el resto de altos cargos que supuestamente percibieron sobresueldos de la caja B del PP cometieron delito fiscal alguno.
En el informe elaborado sobre la hipótesis de que fueran ciertas las entregas de dichas cantidades reflejadas en los papeles manuscritos del extesorero Luis Bárcenas, la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) concluye que los supuestos pagos a altos cargos ocurridos en el año 2007 estarían prescritos mientras que las cantidades de 2008 no serían delito porque no superaron la cantidad establecida para serlo (120.000 euros).
El informe de este organismo dependiente del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la Agencia Tributaria, al que ha tenido acceso Efe, responde a la petición del juez hecha el 19 de julio para que se analizara la trascendencia penal en la causa de las obligaciones fiscales que hubieran de incumbir al PP en relación al Impuesto de Sociedades y al IRPF (retenciones) desde 2007.
El juez también pidió el mismo análisis de las personas físicas y jurídicas supuestamente perceptoras de rentas procedentes de la caja B del PP en relación a los mismos impuestos y al IVA, especialmente sobre el arquitecto González Urquijo, que hoy ha sido imputado por el juez por cobrar en negro.
En el análisis de las anotaciones de los papeles sobre el año 2007, en el que aparecen supuestas entregas a Mariano Rajoy y Ángel Acebes por importe de 25.200 euros y de 30.000 euros a "J. Arenas" (Javier Arenas), los peritos de Hacienda explican que "han transcurrido más de cinco años, por lo que pudiera estar, en caso de haberse cometido, prescrito el posible delito fiscal".
Y ello porque en ese caso el plazo de prescripción penal se computaría a partir del 20 de enero de 2009 y hasta el 28 de febrero de 2013, fecha en la que se presentó la querella en la Audiencia Nacional.
En cuanto a las cantidades referidas en el año 2008, en las que figuran, entre otros, Rajoy con 27.600 euros y María Dolores de Cospedal con 15.000 euros, la ONIS concluye que en ningún caso habrían alcanzado los 120.000 euros.
Las cantidades supuestamente dejadas de retener por el PP fue, contando con una anotación de "TRajes MR" de 11.020 euros, de 34.084 euros y, por tanto, no habría superado la cuantía del tipo delictivo fijada en el artículo 305 del Código Penal.
"La estimación de cuotas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de cada uno de los perceptores del ejercicio 2007 y 2008 sería inferior a 120.000 euros", concluye el escrito, de 42 páginas.
El informe hace estos cálculos dando por buenas las anotaciones de Bárcenas, quien explicó al juez Pablo Ruz que en 2009 y 2010 también entregó 90.000 euros a Rajoy y Cospedal, cantidades que los peritos no tienen en cuenta por no quedar lo suficientemente probado que se les dieran.
Respecto a las donaciones de los empresarios que aparecen en los papeles, indica que tampoco constituirían delito porque estarían exentas de tributación por el Impuesto de Sociedades.
En cuanto al impuesto de sociedades, el informe refiere que en 2007 el PP habría cobrado supuestamente donaciones por un importe de 542.000 euros y realizado pagos por 319.400 euros.
La tributación en dicho impuesto procedería "en la medida que las rentas procedan de las actividades que constituyan su objeto social o finalidad específica, y dichas actividades no constituyan una explotación económica".
El informe concluye que a la vista de la normativa aplicable estas rentas son merecedoras de la exención prevista en el impuesto de sociedades.
La Agencia Tributaria observa que el informe se elabora sobre la base de la supuesta veracidad de las anotaciones contenidas en los papeles, si bien observa que la autenticidad del contenido de los manuscritos es objeto aún de investigación judicial.
Por ello, advierte de que las conclusiones que saca están "total y absolutamente subordinadas" a la valoración final sobre la autenticidad de los papeles.
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