La Audiencia Nacional admite la querella de Podemos contra el exsecretario de Estado de Seguridad con el PP
El juez rechaza investigar al exministro Fernández Díaz o al exdirector general de la Policía Ignacio Cosidó y se centra en el que fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, el exdirector Adjunto Operativo Eugenio Pino y otros altos cargos de la Policía
Por presuntas investigaciones extrajudiciales
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha admitido parcialmente la querella de Podemos contra el que fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, el exdirector Adjunto Operativo (DAO) Eugenio Pino y otros altos cargos de la Policía por las presuntas investigaciones prospectivas y ajenas al control judicial sobre los cargos de la formación 'morada'.
En un auto de este jueves, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 admite la querella de forma parcial y en línea por lo solicitado por la Fiscalía, rechazando investigar al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, al exdirector general de la Policía Nacional Ignacio Cosidó y a otros responsables policiales.
Cabe recordar que la querella se presentó por delitos de organización criminal, apoderamiento y revelación de secretos, prevaricación administrativa y falsedad documental. También se presentó por malversación y por delito contra las instituciones del Estado, aunque el magistrado desecha estos dos últimos delitos al no poder ser subsumidos ambos tipos penales en los hechos relatados.
En su escrito, Podemos señalaba que los querellados, bajo el liderazgo del entonces secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, "se ocupaban de realizar investigaciones prospectivas y ajenas a cualquier interés policial, no bajo control judicial o del Ministerio Fiscal sobre las personas que conformaban la organización política".
Además, la formación apuntaba que Martínez daba cuenta periódicamente al ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, con capacidad éste de decisión última, aprovechándose de su condición de autoridad pública y con la colaboración de agentes policiales.
El objetivo principal, según el partido, era su posterior filtración a los medios de comunicación bajo el marchamo de fiabilidad de las "fuentes policiales" para desprestigiar ante la opinión pública a la formación, atentando de este modo contra la indemnidad de sus diputados y restantes cargos públicos.
Este modo de operar, indica la querella, se concretó en ocho actuaciones, como la investigación al entonces líder del partido Pablo Iglesias en el informe PISA, la filtración de un documento "falsario" de una cuenta a su nombre en el Euro Pacific Bank Limited o la manipulación de documentos o registros policiales internos para otorgar apariencia de legalidad a la actuación de los querellados.
En su auto, el juez Pedraz explica que una vez examinada la querella y verificado que algunos de los hechos serían competencia de la Audiencia Nacional y constitutivos de infracción penal procede su admisión, aunque de forma parcial.
En cuanto a los hechos y personas que inadmite, el magistrado afirma que del relato de la querella no aparece afirmada y sustentada indiciariamente que todos los querellados participaran en sus actuaciones con la finalidad criminal que se imputa.
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