Oriol Junqueras y Jordi Turul | EFE
(Actualizado

La Fiscalía se ha pronunciado a favor de indultar la pena de inhabilitación al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y los exconsellers Raúl Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa al considerar "excesivo" que la sigan cumpliendo, teniendo en cuenta que la Ley de Amnistía permitirá que otros implicados en el juicio del 1-O vean extinguida toda su responsabilidad penal "sin ser enjuiciados".

En un escrito de 6 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, la teniente fiscal del Supremo, María Angeles Sánchez-Conde, informa respecto a la petición que hizo el pasado julio un ciudadano particular a favor de Junqueras. Según fuentes fiscales, se pronuncia en el mismo sentido respecto a los solicitados para los exconsellers.

"La concesión del indulto parece pertinente al ser excesivo que se siga cumpliendo la pena de inhabilitación, atendiendo a las circunstancias en que el delito se cometió, y a que otros intervinientes en hechos que se enmarcan en el denominado proceso independentista catalán vayan a ver extinguida de modo total su responsabilidad penal sin ser enjuiciados, al deberse proceder el archivo de las causas contra ellos iniciadas", dice la 'número dos' de la Fiscalía.

Sánchez-Conde alude en concreto al caso de Miquel Buch, exconseller de Interior, y Lluís Escolà, escolta del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, donde recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) sí ha considerado amnistiables "otros actos constitutivos del delito de malversación".

Al hilo, menciona también el auto del pasado 10 de septiembre donde el instructor del 1-O, Pablo Llarena, ratificó su decisión de no amnistiar la malversación a Puigdemont y los otros procesados en rebeldía, al entender que su caso es distinto al de Buch y Escolà.

La teniente fiscal recuerda que la Fiscalía ya defendió que la malversación del 'procés' era amnistiable pero, dado que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha resuelto lo contrario, ahora "estima procedente la concesión del indulto solicitado".

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En primer lugar, explica, "por no desprenderse causa alguna para que la Ley Orgánica 1/2024 (amnistía) exceptúe de su aplicación el delito de malversación objeto de condena cuando los fondos malversados se han destinado a pagar los gastos ocasionados para llevar a cabo la consulta del 1 de octubre de 2017".

"En segundo lugar, porque si la aprobación de dicha ley orgánica de amnistía (...) se entiende 'como un paso necesario para superar las tensiones referidas y eliminar alguna de las circunstancias que provocan la desafección que mantiene alejada de las instituciones estatales a una parte de la población', ello no acontece en el presente supuesto, en el que la persona para la que se solicita el indulto es líder del proceso, ha ingresado en prisión, ha sido enjuiciado condenado y ha cumplido de forma extensa la condena y ello ha generado una profunda convulsión en la sociedad catalana", apunta.

Para Sánchez-Conde, "no se entiende que dicha persona no puede ser amnistiada y la ley sí puede ser de aplicación a aquellos aún no enjuiciados y que no han sido objeto de condena ni han comenzado a cumplirla".

CAMBIO DE POSTURA

Se da la circunstancia de que, en diciembre de 2020, los cuatro fiscales que participaron en el juicio del 1-O se opusieron a que se concediera el indulto a los 12 condenados debido a la gravedad de los hechos y a que no encontraron razones de justicia, equidad o utilidad pública que justificasen la medida de gracia.

En aquel informe, los fiscales señalaron que el cumplimiento "efectivo" de la pena de inhabilitación era "necesario" si se tenía en cuenta que Junqueras "se ha prevalido de su autoridad y de su posición institucional como alto responsable público".

Para los fiscales, "condonar la pena de inhabilitación, cuando la función pública ha sido el vehículo necesario para la comisión del delito, sería una decisión tan injustificada como arbitraria".

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En este sentido, insistieron en que la pena de inhabilitación absoluta debía cumplirse "en toda su integridad", porque "el abuso de las funciones públicas ha sido determinante para el desafío al orden constitucional y para el uso ilícito de caudales públicos". Y aseguraron que borrar la inhabilitación de Junqueras sería "vaciar absolutamente de contenido la sentencia dictada por el Tribunal Supremo".

NUEVA PETICIÓN DE INDULTO

La cartera que dirige el ministro Félix Bolaños recibió la nueva petición de indulto el 12 de julio, días después de que el Supremo declarase no amnistiable el delito de malversación de caudales públicos en la causa del 'procés'.

El solicitante es un particular que ya pidió el indulto total en 2020 para todos los condenados. Fue en 2021 cuando el Gobierno perdonó la pena de cárcel a Junqueras y los demás sentenciados, pero mantuvo la inhabilitación, que llega hasta 2031 para el exlíder de ERC.

El firmante de la nueva petición alega que "los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal".

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A su juicio, "no existe en Catalunya una situación de normalidad democrática" y "ello solo puede ser subsanado mediante un indulto que permita la elección del penado en sufragio universal".

Cabe recordar que cuando se solicita un indulto, un trámite que el propio condenado o cualquier otra persona puede pedir al Gobierno a su favor, el Ministerio de Justicia está obligado por ley a tramitarlo. Esto implica solicitar una serie de informes antes de que el Consejo de Ministros debata si se aprueba o no el perdón y en qué medida.

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Entre esos informes está el que se tiene que pedir al tribunal sentenciador, que en el caso de Junqueras fue el Tribunal Supremo, que en febrero de 2023 ratificó la inhabilitación de Junqueras por 13 años al revisar la sentencia del 'procés' tras la reforma del delito de malversación y la eliminación de la sedición.