El Pleno del Tribunal Constitucional acordó este lunes admitir a trámite el recurso del PP y suspender, por tanto, la tramitación de las enmiendas dirigidas a reformar las leyes del Poder Judicial.
Son 11 magistrados, 5 de ellos progresistas y seis conservadores. PSOE y Unidas Podemos pidieron la recusación de dos de los últimos pero el TC la ha rechazado al considerar que los solicitantes no están legitimados en este momento procesal.
Estas son las claves de la decisión del Tribunal Constitucional
¿Qué se ha votado?
El Tribunal ha aceptado las medidas cautelarísimas presentadas por el PP que había solicitado la paralización inmediata de la reforma.
Lo que se ha votado es la forma en que se presentaron las reformas, vía enmienda a la proposición que reforma el delito de sedición. No se ha votado ni el contenido, es decir las reformas planteadas ni tampoco la derogación de la sedición y la rebaja de las penas de malversación que sí pueden seguir su tramite parlamentario.
¿Por qué se ha suspendido la tramitación?
considera que no había homogeneidad entre las enmiendas, que planteaban una cuestión jurídica relevante y con consecuencias políticas, y la iniciativa legislativa, y eso podrían vulnerar los derechos fundamentales de los diputados del PP, los recurrentes, al no poder debatir sobre esos asuntos.
¿Qué posibilidades se abren ahora?
Que los grupos PSOE y Podemos planteen una proposición de ley que recoja solo el contenido de las enmiendas y que, si se quiere aprobar antes de un mes, habría que habilitar un pleno extraordinario en Enero o que el Ejecutivo apruebe un proyecto de ley, que podría tramitarse por lectura única.