Siete años de prisión para dos acusados del frente de cárceles yihadista y absuelto otro
La sentencia destaca que pretendían formar "un grupo compacto que lucharía en favor del terrorismo islámico en cualquier forma y lugar tanto dentro como fuera de prisión".
La Audiencia Nacional ha condenado a siete años y seis meses de prisión a dos acusados de formar un frente de cárceles yihadista en España por un delito de captación y adoctrinamiento terrorista con la circunstancia agravante de reincidencia y ha absuelto a un tercer acusado en esta causa.
En una sentencia el tribunal impone dicha pena a Mohamed El Gharbi y a Karim Abdeselam Mohamed, a quienes condena además al pago de una multa de 1.800 euros y la medida de libertad vigilada por tiempo de diez años.
El fallo absuelve a estos dos acusados y a Abdelah A.A. de colaboración con organización terrorista que les atribuía la Fiscalía y las acusaciones populares, ejercidas por la Asociación Víctimas del Terrorismo y la Asociación 11M Afectados por el Terrorismo, y al tercero también del delito por el que sí han sido condenados los dos primeros.
Estos tres acusados, junto con el actualmente fugado Abderrahmane T. ya se sentaron en el banquillo de los acusados en julio de 2022 por estos hechos y resultaron absueltos al descartar el tribunal que les juzgó entonces que formasen una red dedicada a favorecer al Dáesh, pero, tras recurrir la Fiscalía, la Sala de Apelación de la Audiencia ordenó repetir el juicio.
La resolución declara probado que Mohamed El Gharbi, Karim Abdeselam y Abderrahmane T., entre 2014 y 2019, mientras cumplían condena en prisiones españolas por pertenencia a organización terrorista, decidieron cohesionar a los internos encarcelados por delitos de terrorismo y liderarlos para que no abandonasen el ideario yihadista.
Entre las directrices que marcaban a otros reclusos se incluían mantenerse fuertes y unidos para que ninguno se viera tentado a abandonar la yihad armada, apoyándose unos a otros cuando no coincidían en el mismo centro mediante remisión de cartas con banderas y emblemas de la organización terrorista Dáesh y emplazándose para continuar con la actividad terrorista al salir de la cárcel.
La sentencia destaca que pretendían formar "un grupo compacto que lucharía en favor del terrorismo islámico en cualquier forma y lugar tanto dentro como fuera de prisión".
Igualmente decidieron aleccionar, radicalizar y atraer a nuevos adeptos a su ideario violento mediante la creación y difusión de mensajes y consignas relacionados con los postulados de Dáesh.
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