Urdangarin dice que acudirá al Constitucional al ver vulnerado su derecho de defensa

  • A medianoche acaba el plazo para que Urdangarin y Torres paguen la fianza de 8,2 millones

El duque de Palma, Iñaki Urdangarin, advierte de que podría acudir al Tribunal Constitucional por haberse vulnerado su derecho de defensa

Así consta en el escrito en el que recurre la fianza de 8,1 millones impuesta por el juez que investiga el desvío de fondos del Instituto Nóos.

En el recurso, la defensa de Urdangarin pide al juez instructor que retire la fianza de 8,1 millones que se le ha impuesto a él y a su exsocio Diego Torres, aunque la impugnación no paraliza el plazo para hacer efectiva la suma exigida, que precisamente termina hoy.

El abogado del duque de Palma argumenta en su escrito que durante la instrucción del caso se ha vulnerado el derecho de defensa de su cliente, hasta el punto de que "no sabe de qué hechos o delitos debe defenderse de manera concreta y precisa".

"Esa vulneración del derecho de defensa recogido en el artículo 24.2 de nuestra Constitución se denuncia aquí y ahora, a los efectos de que pueda continuar siendo invocado, en el momento procesal oportuno, ante la sala de la Audiencia Provincial de Baleares y, en su caso, ante el Tribunal Constitucional", advierte el recurso.

Para la defensa de Urdangarin, la instrucción de la causa se está "rellenando con nuevos delitos a medida que el tiempo va pasando, orillándose los principios de acusación y contradicción básicos en el procedimiento penal, vulnerándose los consiguientes derechos de defensa y de tutela judicial efectiva, protegidos por la Constitución Española".

PLAZO PARA LA FIANZA

El Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y su exsocio Diego Torres al frente del Instituto Nóos tienen hasta la medianoche de este miércoles para hacer frente a la fianza de responsabilidad civil de 8,2 millones de euros impuesta por el juez instructor del caso Nóos, centrado en un presunto desvío de fondos públicos a través de esta entidad aparentemente sin ánimo de lucro.

Sin embargo, en caso de que no puedan pagar esta cantidad, una vez expirado el plazo fijado para ello ambos imputados deberán designar sus bienes hasta cubrir la caución fijada por el magistrado para ser, una vez comprobado su valor, posteriormente embargados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 597 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim).

Se trata de una cantidad a la que deberán hacer frente de forma conjunta y solidaria los dos encausados, lo que significa que cada uno podrá abonar de forma desigual su parte o que sólo uno de ellos aporte la cantidad global, siempre que se asegure que serán depositados los 8,2 millones o los bienes por ese valor.

En su auto de responsabilidad civil, el juez José Castro afirmaba sin embargo que Urdangarin y Torres no son "los únicos criminalmente responsables" en el marco de estas pesquisas, al reprochar en este contexto el papel que desempeñaron las Administraciones públicas de Baleares y la Comunidad Valenciana y más en concreto de quienes gestionaban el dinero que acabó desviado.

En una resolución de 542 páginas, el magistrado llegaba a afirmar que se limitaba a imponer la caución a Urdangarin y Torres "por exigencia de congruencia" con las peticiones de la Fiscalía Anticorrupción y el sindicato Manos Limpias, al considerar que "deviene imposible imaginar una disposición de fondos públicos en la que no intervenga de una manera activa o pasiva quien tiene encomendada su gestión".

De hecho, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma aseveraba que los responsables de las instituciones balear y valenciana, de las que el Instituto Nóos percibió el dinero supuestamente defraudado, son "merecedores de más intenso reproche ético y jurídico en tanto estarían quebrantando el especial deber que sobre los mismos pesa en orden a la correcta gestión de los fondos públicos que les han sido confiados".

Es más, Castro sostenía que, en el marco de las contrataciones llevadas a cabo entre las Administraciones y el Instituto Nóos, los convenios de colaboración suscritos para ello "no fueron otra cosa que la forma arbitraria de vestir el santo", cuya "única" finalidad era, con un "total abuso de poder", beneficiar a la entidad y en este caso "al más ilustre de sus miembros: el señor Urdangarin".

DESGLOSE DE LA FIANZA

En concreto, la fianza engloba los 1,2 millones de euros que percibió Nóos para la celebración del primer Illes Balears Forum (2005); los 1,085 millones del segundo (2006); los 1.044.000 millones de cada una de las tres ediciones llevadas a cabo del evento Valencia Summit, y los 382.000 euros que percibió Nóos en virtud de un convenio con el Consell de la Generalitat y la Sociedad Gestora para la Imagen Estratégica y Promocional de la Comunidad Valenciana, por la celebración de unos Juegos Europeos que nunca tuvieron lugar.

Asimismo, se incluyen los 54.520 euros pagados a Nóos por el Govern balear para el seguimiento de la repercusión del equipo ciclista Illes Balears - Banesto; los 174.000 que pagó el Illesport por la creación de la oficina del proyecto de este equipo deportivo; los 116.566 del Ibatur por la elaboración de material promocional del Illes Balears, y 2,1 millones de multa (un tercio de la cantidad global solicitada).