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El Boletín Oficial del Estado ha publicado este martes la Ley de Seguridad Ciudadana cuya Disposición Final Primera enmienda la Ley de Extranjería para amparar la devolución sumaria a Marruecos de los migrantes interceptados en el salto de las vallas de Ceuta y Melilla bajo la nueva figura jurídica del 'rechazo en frontera', previsión esta que entrará en vigor mañana.

La reforma establece que "los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España". Asimismo, matiza que "en todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte", previsión esta que ha suscitado las críticas, entre otros, del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) por entender que "nunca" un rechazo puede cumplir el ordenamiento internacional, que prohíbe expresamente expulsar a una persona sin antes identificarla asistencia letrada mediante.

También el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa se pronunció sobre esta ambigüedad de la redacción de la norma, para pedir al Gobierno que rectificase, pues "se quedaba corta" en protección y garantía de los derechos humanos en general y del derecho a solicitar protección internacional en particular.

El último punto de la disposición, que será la nueva Disposición Adicional Décima de la Ley de Extranjería sobre el "Régimen especial de Ceuta y Melilla", recoge que "las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional".

Se trata de las oficinas de asilo creadas por el Ministerio del Interior en los puestos fronterizos de Ceuta y Melilla, instalaciones donde se recepcionan las peticiones de quienes consiguen superar el control marroquí de salida del país y acercarse hasta el control de entrada en España. No es el caso de los ciudadanos de origen subsahariano en situación irregular en Marruecos, pues carecen de libertad de circulación.

Según datos del ACNUR recogidos por Europa Press, en el primer trimestre del año se han recogido más de un millar de peticiones de asilo en el puesto de Melilla, que si bien fue inaugurado oficialmente el 17 de marzo viene funcionando de forma piloto desde el mes de septiembre. En el de Ceuta han sido 110 entre enero y febrero y en ambos casos, casi la totalidad de las solicitudes proceden de ciudadanos sirios. Ninguna de personas de origen subsahariano.

Esta reforma de la Ley de Extranjería tiene su origen en la tragedia que tuvo lugar el 6 de febrero de 2014, cuando 15 personas murieron intentando alcanzar a nado la playa ceutí de El Tarajal. Las 23 personas que sí consiguieron llegar a tierra española fueron entregadas por la Guardia Civil a Marruecos por una puerta de servicio de la valla, una práctica ilegal y habitual en la frontera sur que las ONG venían denunciando casi una década y que aquella mañana fue grabada y difundida ampliamente.

El Ministerio del Interior siempre defendió que esa práctica era legal y tenía amparo en un protocolo operativo de vigilancia de fronteras según el cual, si el migrante no ha superado a la Guardia Civil, no ha entrado en España. Sin embargo, en medio de las críticas de organizaciones no gubernamentales, instituciones como el ACNUR, el Defensor del Pueblo, la Comisión Europea o la Iglesia, se decidió a emprender esta reforma para amparar a los agentes del Instituto Armado.

No en vano, durante todo el tiempo transcurrido desde la Tragedia de El Tarajal hasta la entrada en el Congreso de los Diputados el pasado mes de noviembre de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular que habría de reformar la Ley de Extranjería, se sucedieron las imputaciones en Melilla por la actuación de los guardias civiles en la valla. En el caso Coronel Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil, la imputación fue para esclarecer un posible delito de prevaricación, al haber dictado instrucciones para ejecutar devoluciones en caliente a sabiendas de que la Ley de Extranjería no lo permitía.

DE LA DEVOLUCION AL RECHAZO

En concreto, la Ley de Extranjería tenía y aún mantiene una figura jurídica para estos casos concretos de migrantes interceptados en frontera. Se trata de la "devolución" y consiste en que la Guardia Civil pone al migrante a disposición de la Policía Nacional, que le identifica con intérprete y abogado, y le puede entregar de vuelta a Marruecos en 72 horas sin necesidad de incoar un expediente de expulsión. Un acuerdo de readmisión firmado con el reino alauí da a España de margen hasta diez días para hacerlo.

Para la Abogacía, la única manera de que el 'rechazo en frontera' creado ahora se ajuste a la Constitución española y a los tratados internacionales que, como recuerda la reforma, España ha ratificado, es que se aplique como la devolución, es decir, que cada persona interceptada sea identificada con asistencia letrada e intérprete y sea tratada como corresponda en cada caso: si es solicitante de protección internacional, al sistema de asilo y si no cuenta con razones humanitarias que avalen su entrada en España, al sistema de Extranjería.

Este es el mismo sistema que viene defendiendo el ACNUR y que, según explican desde la institución, podría articularse en forma de reglamento de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que operan en las fronteras. La reforma legislativa finalmente no impone al Ministerio del Interior la obligación de redactar tales disposiciones, pero el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz ha mostrado su disposición de hacerlo, según las fuentes consultadas.