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Otra polémica más salpica a la Sociedad Pública de Alquiler (SPA), organismo dependiente del Ministerio de Fomento. La Sociedad ha decidido "redefinir" unilateralmente sus contratos con los propietarios cuyas viviendas permanecían desocupadas, suprimiendo el punto donde se les aseguraba el cobro de las rentas. Una decisión ilegal, según fuentes jurídicas consultadas y legal, según la SPA, que la justifica apuntando que era un incentivo sin efectos y contrario a la reducción de déficit abanderada por el Ejecutivo.

Esta alteración del contrato llega casi dos años después de que la SPA abogara por dejar de ofrecer este estímulo a los arrendadores. En marzo de 2009 alegó que era "un gasto que no se podía mantener" y cambió el concepto de 'Alquiler Garantizado' por el de 'Alquiler con Garantías'. La nueva denominación traía consigo el adiós del pago del alquiler de pisos sin inquilinos, uno de los principales atractivos que ofrecía la SPA desde su nacimiento

Por aquel entonces, desde el extinto Ministerio de Vivienda dirigido por Beatriz Corredor, se incidió en que los propietarios que sellaron el 'Alquiler Garantizado' seguirían disfrutando de esta cobertura. Ahora, bajo la batuta del Fomento y de José Blanco, se opta por cambiar de criterio y convertir todos los contratos en 'Alquiler con Garantías' con la consiguiente pérdida del derecho a cobro de las rentas de pisos desocupados.

200 afectados

Jorge, propietario de un piso que confió a la SPA en marzo de 2006 es uno de los 9.401 caseros que firmaron el Alquiler Garantizado. "Han roto un contrato y esto es totalmente ilegal, ya que en el documento firmado no hay ninguna cláusula que lo permita", afirma, recordando que fue precisamente la ventaja del pago del arrendamiento, aunque el inmueble estuviera vacío, lo que le motivó a llevar su casa a la SPA.

Corroborando sus palagras, se puede leer en el "contrato de intermediación y de gestión de vivienda para su arrendamiento" [Pdf: Descárguelo aquí] sellado por Jorge en 2006, en el apartado 8, "en los periodos de desocupación la Sociedad garantiza el percibo por el propietario/a de la cantidad convenida". En este sentido, en la "Tercera Estipulación" se indica: "El presente contrato comenzará a surtir efectos desde la fecha de entrada en vigor del contrato de arrendamiento y tendrá una duración de cinco años, prorrogables por voluntad de las partes y en los términos que pacte, o, en su defecto, hasta que la Sociedad Pública de Alquiler SA se disuelva".

A falta de cuatro meses para cumplir los cinco años con la Sociedad, Jorge ha visto como el incentivo le ha sido derogado informándole primero a través de un buroSMS [Pdf: Descárguelo aquí] -que nunca le llegó- y, después, por burofax. "El 22 de diciembre recibí copia del nuevo contrato por burofax. No entendía nada. Resulta que el día dos me habían enviado la chapucilla del SMS, que nunca recibí porque lo mandaron a otro teléfono, donde me informaban sobre la "redefinición" del contrato al de Alquiler con Garantías si no decía lo contrario en siete días".

Evidentemente, al no recibir el mensaje, no contestó y le llegó la posterior carta de Fomento [Pdf: Descárguela aquí] informándole de la modificación de su contrato. "Todo esto me parece una tomadura de pelo", declara Jorge, que ha respondido con una reclamación formal al Servicio Jurídico de la SPA donde le insta a "que cumpla con sus obligaciones determinadas por contrato". Además, este propietario recuerda que al ponerse en contacto con la SPA le ofrecieron el pago de dos de los cuatro meses que le quedarían de cobrar si firmaba el nuevo contrato y daba por zanjado el asunto. Una oferta que él mismo define como "todo un chantaje".