Los recortes sanitarios afectarán a las prótesis, productos dietéticos y transporte

  • Hoy se publican en el BOE las reformas para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud
  • Dejará sin tarjeta sanitaria a los inmigrantes en situación irregular
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recetas_sanidad_reforma |Telemadrid

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad recuerda que la anunciada modificación de la Ley de Extranjería que dejará sin tarjeta sanitaria a los inmigrantes en situación irregular no se aplicará a niños y mujeres embarazadas, cuya asistencia seguirá estando garantizada.El artículo 12 de la citada norma establece que todos los inmigrantes empadronados en el municipio donde tengan su residencia habitual tienen derecho a la asistencia sanitaria "en las mismas condiciones que los españoles", precepto que el Ejecutivo prevé modificar a fin de que el Padrón "no baste" para obtener la tarjeta sanitaria.

El mismo precepto establece que tienen derecho a la asistencia sanitaria todos los inmigrantes menores de 18 años así como las mujeres embarazadas, que, aunque carezcan de permiso de residencia en España, podrán recibir atención en la gestación, el parto y el postparto como si fueran españolas.

Según fuentes del Ministerio de Sanidad, el Real Decreto que el Boletín Oficial del Estado publicará este martes, respetará estos dos preceptos de la Ley de Extranjería, que van en línea con la normativa internacional sobre la protección de los menores.

Mientras, el resto de extranjeros sin residencia legal en España sólo podrán recibir atención sanitaria de urgencias, conforme recogerá el citado

Los usuarios de la Sanidad pública tendrán que pagar parte de las prótesis, los productos dietéticos e incluso el transporte sanitario no urgente, de acuerdo con el decreto que publica hoy el BOE, que considera estos productos y actividades como "servicios accesorios" sujetos a aportación por parte del usuario.

El porcentaje de aportación del usuario "se regirá por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica, tomando como base de cálculo para ello el precio final del producto y sin que se aplique ningún limite de cuantía a esta aportación".

Así se establece en el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

Ese tipo de prestaciones -ortoprotésica, productos dietéticos y transporte sanitario no urgente-, que se dispensan de manera ambulatoria, estarán incluidas en la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud. También destaca en la norma la modificación del artículo relativo al desarrollo de los servicios comunes, entre los que no se incluirán aquellas técnicas, tecnologías y procedimientos que no tengan suficientemente probada su "contribución eficaz a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y curación de las enfermedades, conservación o mejora de la esperanza de vida, autonomía y eliminación o disminución del dolor y el sufrimiento".