El Estado podría asumir los tributos cedidos a Comunidades si incumplen el pago a proveedores
Habrá un periodo de "7 meses" para que cualquier administración pueda corregir sus deficiencias
El Gobierno hará un seguimiento del cumplimiento de los plazos medio de pago de las administraciones
El Estado asumirá tributos cedidos a las comunidades autónomas si éstas incumplen con el plazo medio de pago a proveedores, es decir, cuando superen, durante dos meses consecutivos, los treinta días establecidos por ley.
Según fuentes del Ministerio de Hacienda, entre las medida que se incluyen en el anteproyecto de ley de control de la deuda comercial en el sector público, figura que el Gobierno podrá llevar a cabo medidas coercitivas sobre las autonomías que incumplan el plazo medio de pago a proveedores, aunque habrá un periodo de "siete meses" para que cualquier administración pública pueda corregir sus deficiencias.
El objetivo, según Hacienda, es no llegar al extremo de aplicar medidas coercitivas y para ello el Gobierno trabajará durante ese periodo de siete meses con las autonomías.
RETENCIONES DE CRÉDITOS
Entre las medidas coercitivas que podrá llevar a cabo el Gobierno también se encuentra la de no disponibilidad de créditos y efectuar retención de créditos a las autonomías
Si no se adoptan las medidas que el Ejecutivo considere necesarias o si cree que éstas son insuficientes, el Ministerio de Hacienda podrá acordar el envío de una comisión de expertos para evaluar la situación económica-presupuestaria de la comunidad.
Además, si el ministerio lo solicita, se deberá constituir un depósito con intereses en el Banco de España equivalente al 0,2 por ciento de su PIB nominal, según las mismas fuentes.
Además, en un encuentro con la prensa sobre el citado anteproyecto, el secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta, ha explicado que el Gobierno hará un seguimiento del cumplimiento de los plazos medio de pago de las administraciones y que, el incumplimiento de la ley, desencadenará un sistema automático y progresivo de medidas de control.
Estas medidas, según Beteta, serán primero de prevención, luego de corrección y finalmente coercitivas.
En relación a las medidas extraordinarias para la erradicación de la morosidad y el procedimiento de pago a proveedores, Beteta ha explicado que los beneficiarios serán los conciertos suscritos por las comunidades en materia sanitaria, educativa y de servicios sociales, los convenios de colaboración, las subvenciones para la realización de actividades de I+D+i y los proveedores de universidades, entre otros.
VIGILANCIA Y CONTROL
Hasta el 19 de julio, las entidades locales deberán remitir a Hacienda una relación de las obligaciones pendientes a incluir en el mecanismo de pago a proveedores.
El ministerio tendrá hasta el día 24 de este mes para comprobar la relación recibida y subsanar errores detectados, y hasta el 6 de septiembre, los proveedores podrán consultar la relación y manifestar su aceptación.
Por último, el interventor de la comunidad autónoma comunicará al Ministerio de Hacienda una relación certificada completa de las facturas aceptadas.
En una segunda fase del procedimiento de pago a proveedores, se beneficiarán los contratos de obras, de arrendamiento, o indemnizaciones por expropiaciones, entre otras.
También se procederá al pago de proveedores de las comunidades autónomas del denominado "tercer sector", en lo relativo a transferencias a instituciones sin ánimo de lucro, cuyas deudas podrían ascender a 332 millones de euros.
Del 20 al 27 de septiembre las entidades locales enviarán su plan de ajuste al Ministerio de Hacienda, que lo evaluará hasta finales de octubre. Será en ese momento cuando los plenos de los ayuntamientos con plan de ajuste aceptado deberán aprobar la formalización de la operación de crédito.
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