Las víctimas se oponen a que se derogue la doctrina Parot
El Tribunal Constitucional está pendiente de resolver el recurso presentado por 62 presos etarras contra la doctrina Parot que permite la prolongación de su estancia en prisión. Por el momento no hay fecha, pero parece que los miembros del alto tribunal tienen claro que estudiarán uno a uno los recursos. Las víctimas del terrorismo ya han anunciado que lucharan para que no se derogue esta norma. Pelearán para que los terroristas cumplan, para que el constitucional no acepte los recursos que etarras condenados a cientos de años de prisión han presentado en contra de la doctrina parot. La que les alarga sus días entre rejas, porque establece que las redenciones por beneficios penitenciarios han de aplicarse a cada una de las condenas, una doctrina que a las víctimas, les da algo de sosiego.
De momento, la asociación de victimas del terrorismo ya ha contactado con el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional. Lo hará también, con el nuevo Fiscal General del Estado.
Hoy, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha asegurado, en relación al fallo, que aunque respetará la decisión que tome el tribunal, entiende la "alarma social" que genera este asunto ya que "repugna a la razón que etarras con graves atentados a los 15 años puedan quedar libres".
"Yo como ministro del Interior, que voy a estar a lo que diga el Constitucional, creo que en ocasiones es comprensible que genere eso que se llama alarma social o una rabia generalizada en la sociedad que personas que han sido condenadas a miles de años de condena a los 15 o 20 años por la vía de permisos y beneficios penitenciarios puedan estar en libertad" ha confesado en una entrevista en la COPE, recogida por Europa Press.
DOS SITUACIONES DE ETARRAS
En este sentido, ha reiterado que "el Gobierno respetará y acatará lo que diga el Tribunal Constitucional" pero que, en su opinión y según un estudio jurídico que ha hecho el ministerio para estudiar la situación, "a la vista de lo que viene haciendo el Constitucional, no es descartable pensar que habrá que distinguir dos situaciones".
"Un supuesto pueden ser aquellos etarras que han sido condenados y para los que el tribunal juzgador ha establecido de manera explícita y clara la metodología de cómputo de la condena y de aquellos otros que no. Eso desde el punto de vista formal. Desde el punto de vista temporal, las sentencias producidas con anterioridad o después de la sentencia del Supremo en relación con la doctrina Parot", ha explicado.
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