Absuelto el doctor Carlos Morín y colaboradores en el caso de los abortos ilegales
La Audiencia de Barcelona ha absuelto al ginecólogo Carlos Morín y a su equipo médico de practicar casi un centenar de abortos ilegales, al considerar que las interrupciones del embarazo por las que el médico afrontaba 270 años de cárcel están amparadas por la ley.En su sentencia, la sección sexta de la Audiencia absuelve a Morín, su esposa y otros nueve colaboradores de sus clínicas de Barcelona -a los que la Fiscalía acusaba de 89 abortos ilegales, además de asociación ilícita, falsedad documental e intrusismo-, tras un largo proceso judicial por el que el ginecólogo permaneció dos meses en prisión preventiva.
AMPARADOS POR LA ANTIGUA LEY
La sala cree que los abortos denunciados por la Fiscalía quedan amparados por la antigua ley o la aprobada en 2010: o estaban dentro de las 14 semanas en que la nueva normativa permite la interrupción libre del embarazo o comportaban daños físicos o psíquicos para la madre o el feto, sin que los embarazos superaran las 22 semanas de plazo máximo.
Concluye el tribunal que esos abortos se llevaron a cabo "con el consentimiento y bajo petición expresa de las mujeres embarazadas y de sus representantes legales en el caso de los menores de edad, en centros habilitados y homologados, por ginecólogos titulados, atendidos por anestesistas también titulados".En los casos de peligro para la salud psíquica de la embarazada, la sección sexta de la Audiencia concluye que el riesgo estaba "acreditado mediante un dictamen emitido por un psiquiatra, sin que pueda afirmarse, fuera de toda duda razonable, que tal dictamen sea mendaz" o se haya alterado o emitido tras la intervención.
En los casos de las mujeres que no se entrevistaron con los psiquiatras, la sala cree que los test y los datos que ellas dieron al personal de la clínica son suficientes para que un especialista pueda "llevar a cabo un juicio" de valor sobre su estado psíquico.
El tribunal llega a esta conclusión sin necesidad de acudir al criterio, "nada despreciable" según la sentencia, de que "todo embarazo no deseado supone por sí mismo una situación de evidente riesgo para la salud psíquica de la embarazada".
En cualquier caso, la sala reflexiona que "si además de sustraer a la mujer la decisión final sobre la necesidad de interrumpir el embarazo" se pone en duda la profesionalidad de quien emite el dictamen psiquiátrico "quedaría en papel mojado la decisión del legislador de despenalizar parcialmente el delito de aborto".
NO "PECAR DE INGENUIDAD"
La sección sexta afirma no querer "pecar de ingenuidad" y, por eso, reconoce que en las clínicas de Morín existía un "cierto descontrol administrativo que permite albergar sospechas" de que la constatación de las causas de aborto "se llevara a cabo con menos rigor del deseable"."Pero ni las sospechas ni las intuiciones resultan hábiles para desvirtuar la presunción de inocencia", proclama la sala.
Respecto al delito de asociación ilícita, la sentencia cree que no puede "ni siquiera presumirse" que el entramado de empresas de Morín persiguiera un fin ilícito, y reprocha a la Fiscalía la "endeblez" de esa acusación, que para la sala motivó que el doctor fuera juzgado por la Audiencia en vez de por un juzgado penal.
ARREMETE CONTRA LA INSTRUCCIÓN DEL CASO
La sentencia arremete también contra la instrucción del caso, que en su opinión "presenta claroscuros y una serie de decisiones y actuaciones difícilmente comprensibles", empezando por el hecho de que la investigación pasara de manos de los Mossos d'Esquadra a la Guardia Civil sin que consten las razones de esa decisión.
Para la sala, el juicio comportó "escenas verdaderamente desgarradoras" cuando declararon las mujeres que abortaron, a las que, lamenta el tribunal, el proceso judicial "nada ha ayudado" a su propósito de olvidar lo sucedido, tras la "comprensible situación de angustia y estrés que sin duda ha de provocar" un aborto.
El tribunal dedica unos párrafos de su resolución a la "insistencia casi obsesiva" con que algunas acusaciones plantearon la existencia de trituradores de restos biológicos en las clínicas de Morín y concluye que es "evidente" que un centro dedicado a practicar abortos dispusiera de ese sistema.
"CABEZA DE TURCO"
El ginecólogo Carlos Morín ha afirmado que se considera un "cabeza de turco", aunque ha celebrado la sentencia absolutoria porque, a su parecer, supone una prueba de "lo que es la justicia en este país".El médico ha lamentado el perjuicio que le ha causado este proceso, iniciado en 2006: "Yo tenía unas empresas que ahora ya no tengo y vivía en Cataluña, donde ahora ya no vivo", ha añadido.
La Fiscalía está estudiando recurrir la sentencia, mientras la acusación particular ejercida por la asociación E-Cristians ha anunciado que la impugnará ante el Tribunal Supremo.
La Audiencia de Barcelona ha absuelto al ginecólogo Carlos Morín y a su equipo médico del casi centenar de abortos ilegales de que estaban acusados, al considerar que las interrupciones del embarazo por las que el médico afrontaba 270 años de cárcel están amparadas por la ley.En su sentencia, la sección sexta de la Audiencia absuelve a Morín, su esposa y otros nueve colaboradores de sus clínicas de Barcelona -a los que la Fiscalía acusaba de 89 abortos ilegales, además de asociación ilícita, falsedad documental e intrusismo-, tras un largo proceso judicial por el que el ginecólogo permaneció dos meses en prisión preventiva.
La sala considera que los abortos denunciados por la Fiscalía quedan amparados por la ley aprobada en 2010: o entraban dentro de las 14 semanas de gestación en que la nueva legislación permite el aborto libre o comportaban daños físicos o psíquicos para la madre o el feto, sin que en su opinión los embarazos superaran las 22 semanas de plazo máximo. Concluye el tribunal que los abortos objetos de acusación se llevaron a cabo "con el consentimiento y bajo petición expresa de las mujeres embarazadas y de sus representantes legales en el caso de los menores de edad, en centros habilitados y homologados, por ginecólogos titulados, atendidos por anestesistas también titulados".
EL RIESGO PARA LA MADRE ESTABA ACREDITADO
En los casos que comportaban peligro para la salud psíquica de la embarazada, la sección sexta de la Audiencia considera que ese riesgo estaba "acreditado mediante un dictamen emitido por un psiquiatra, sin que pueda afirmarse, fuera de toda duda razonable, que tal dictamen sea mendaz", se haya alterado o emitido posteriormente a la intervención quirúrgica.
El ginecólogo Carlos Morín ha afirmado que se considera un "cabeza de turco", aunque ha celebrado la sentencia absolutoria porque, a su parecer, supone una prueba de "lo que es la justicia en este país".El médico, sin embargo, ha lamentado el perjuicio que le ha causado este proceso judicial, iniciado en el año 2006: "Yo tenía unas empresas que ahora ya no tengo y vivía en Cataluña, donde ahora ya no vivo. Pero sigo fiel a mis ideas", ha añadido.
La Fiscalía, que pedía una condena de 270 años de prisión para Morín, ha afirmado que está estudiando recurrir la sentencia, mientras que la acusación particular, ejercida por el grupo E-Cristians, ya ha anunciado que la impugnará ante el Tribunal Supremo (TS).
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