Ana Julia Quezada asesinó con alevosía al niño de ocho años Gabriel Cruz, hijo de su expareja sentimental, el 27 de febrero de 2018 en la finca familiar de Rodalquilar, (Níjar, Almería), tras "lanzarlo contra el suelo o pared" de la habitación del cortijo "de forma intencionada, súbita y repentina" y que lo hizo consciente de su "superioridad" por diferencia de edad y por complexión.
Así lo ha determinado el jurado popular que ha deliberado sobre las pruebas presentadas contra ella en el transcurso de la vista oral celebrada en la Audiencia Provincial en la que ha estimado acreditado también que Gabriel, quien "confiaba" en la acusada por ser una persona "íntimamente ligada" a su entorno familiar, "no tuvo posibilidad de defenderse ni de reaccionar", lo que aboca a Quezada a la prisión permanente revisable, tal y como solicita la Fiscalía.
En presencia de Angel Cruz y Patricia Ramírez, padres del menor, y en audiencia pública, las siete mujeres y dos hombres que integran el jurado han considerado probado por unanimidad que, de acuerdo con los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) que practicaron la autopsia, "tras el impacto" la acusada "procedió con sus propias manos" a la oclusión de los orificios respiratorios "con fuerza, hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento" por asfixia mecánica por sofocación.
El jurado popular ha descartado que Ana Julia Quezada, tal y como ha mantenido la acusación particular ejercida por los progenitores, aumentase de manera deliberada e inhumana el sufrimiento del niño al darle muerte y rechaza que haya pruebas que respalden que le diera "golpes, dejándolo aturdido" entre 45 y 90 minutos para después "taparle la boca y la nariz hasta llevarle a la muerte".
El tribunal popular compuesto por siete mujeres y dos hombres que enjuicia a Ana Julia Quezada como autora confesa de la muerte violenta del niño Gabriel Cruz dió a conocer el veredicto a las 19 horas, tras haber permanecido más de 24 horas bajo secreta deliberación y haber valorado las pruebas con las que decidir si la acusada es culpable o no, y en qué grado, de un delito de asesinato por el que enfrenta la prisión permanente revisable, o si por el contrario cometió un homicidio, que podría conllevar una pena máxima de 15 años de cárcel.
Hechos probados
El jurado popular la atribuye sendos delitos de lesiones psíquicas y otros tantos contra la integridad moral a Ángel Cruz y Patricia Ramírez, padres del menor
Considerado probado, por unanimidad que la acusada estableció una relación sentimental análoga a la matrimonial con Angel, conviviendo con éste y con el pequeño de 8 años.
De esta forma, Quezada, Ángel y Gabriel se desplazaron el 23 de febrero del 2018 a una finca de la abuela paterna del menor en Las Hortichuelas Bajas, en Níjar. Cuatro días después, sobre las tres y media de la tarde, Gabriel le dijo a su abuela y a la acusada que se iba a jugar con unos primos que vivían cerca. "La acusada, inmediatamente después de marcharse Gabriel de la vivienda, se subió a su vehículo e interceptó al niño, instándole a que le acompañara a la finca sita en Rodalquilar (Níjar) y, ante la "confianza generada" por ésta al ser una "persona íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre, accedió a marcharse" con ella.
Una vez en la finca, de forma intencionada, súbita y repentina, cogió a Gabriel y lo lanzó contra el suelo o pared de la habitación y, tras el impacto del niño, "procedió la acusada, con sus propias manos a taparle la boca y la nariz con fuerza, hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento" como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación.
El jurado ha tenido en cuenta la agravante de parentesco y que "quitó la vida voluntariamente a Gabriel de forma sorpresiva y repentina, sin posibilidad de defensa ni de reacción por parte del niño". Sin embargo, descarta el ensañamiento o que golpease al niño con el palo de un hacha y lo dejase aturdido hasta asfixiarlo, como mantenía la acusación particular, descartando la atenuante de confesión que apreciaba la defensa, negando asimismo el relato de esta última.
Respecto a los delitos de lesiones psíquicas y contra la integridad moral a los padres, recuerda que la búsqueda se prolongó durante once días, periodo durante el que Quezada "simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa publica y notoria".
También el jurado apunta que el 3 de marzo, con la intención de "distraer la atención en la búsqueda del niño y con la finalidad de dirigir las sospechas sobre su expareja", colocó una camiseta de Gabriel sobre unas matas en un cañaveral de un paraje apartado y de difícil acceso, que conocía por haber vivido allí un mes, para "añadir más sufrimiento a los padres".
Afirma que el día 11 de marzo la acusada se trasladá a la finca de Rodalquilar y desenterró el cuerpo del niño, para envolverlo en una toalla e introducirlo en el interior del maletero de su vehículo, abandonando la finca.
Prisión permanente revisable
Fiscalía y acusación particular han reclamado prisión permanente revisable por el delito de asesinato con alevosía, mientras que para las lesiones psíquicas el Ministerio Público pide tres años de prisión en las relativas a Ángel y dos años y nueve meses en el de Patricia, mientras que el letrado de éstos pide tres años por cada uno.
Por los delitos contra la integridad moral el abogado de los padres ha reclamado dos años de cárcel. La defensa ha solicitado las penas mínimas en todos los casos y "lo establecido" en el Código Penal en el delito de asesinato.
La fiscal solicita que Quezada no pueda residir o acudir en el lugar de domicilio de la familia, órdenes de alejamiento respecto a los padres y abuela de mil metros durante 30 años, libertad vigilada y, entre otros, el pago de indemnizaciones de 770.000 euros a los progenitores por los daños morales y lesiones psíquicas, además de 160.000 euros por el daño moral a la abuela, y el pago de 202.203,84 euros por los gastos de la búsqueda del niño.
Los padres agradecen el veredicto al jurado
Patricia Ramírez y Ángel Cruz, los padres del pequeño Gabriel se mostraban satisfechos tras conocer el fallo del jurado popular.
La madre ha querido agardecer, a las puertas de la Audiencia de Almería, el veredicto al Jurado. "Creemos que ha conseguido Justicia para Gabriel", ha manifestado Patricia Ramírez, al tiempo que pedía "que esta bruja no vuelva a pisar la calle".
Mientras Ángel Cruz, el padre, aseguraba que Ana Julia Quezada "no va a hacer daño más nadie en la vida" al tiempo que afirmaba que "los psicópatas tiene que estar encerrados".
Mientras el abogado defensor de Quezada anunciaba que, previsiblemente, recurrirá la sentencia cuando sea oportuno y pedía repensar "la cobertura mediática y los juicios paralelos".