Archivada la denuncia contra una conductora a la fuga porque fue confundida con su hermana

  • El juez reconoce el delito pero también que no se pudo identificar a la conductora
  • La acusada, que ya tenía antecedentes por hechos similares, descargó la responsabilidad en su hermana menor
Intervención de los servicios de emergencia de Alcorcón tras el accidente causado por un conductor en estado de embriaguez
Intervención de los servicios de emergencia de Alcorcón tras el accidente causado por un conductor en estado de embriaguez |POLICÍA MUNICIPAL ALCORCÓN

El Juzgado de Instrucción número 1 de Alcobendas ha archivado una denuncia de alcoholemia contra la propietaria de un vehículo confundida con su hermana, a quien se investigaba por un delito contra la seguridad vial tras un accidente en el que se vieron implicados tres vehículos y del que se dio la fuga.

Los hechos origen del procedimiento tienen su origen a las 8 de la mañana del 19 de junio del 2020 cuando la Policía local se personaba alertados por un accidente de tráfico en el que se habían visto implicados tres vehículos.

Dos de los coches estaban correctamente estacionados y un tercero, causante del accidente tras embestir a los coches aparcados, se había dado a la fuga.

Un testigo manifestó que el vehículo huido se encontraba estacionado en una calle próxima, y que era conducido por una mujer, por lo que la policía realizó las oportunas diligencias para identificar a la titular del coche fugado.

Dormida y en casa

Los agentes practicaron una prueba de alcoholemia a la supuesta conductora fugada, que arrojó un resultado positivo de 0,84 Mg/litro en la primera prueba y de 0,78 Mg/litro en la segunda y definitiva. En cualquiera de los casos hubiese supuesto un delito con pena de prisión. Además los agentes pudieron constatar que la ahora investigada, de 30 años, disponía de antecedentes penales por similares hechos.

La defensa de la acusada corrió a cargo del abogado Juan Gonzalo Ospina, quien solicitó el archivo y sobreseimiento de la causa, considerando la "inexistencia de elementos incriminatorios", postura no compartida por el ministerio fiscal.

"La prueba de alcoholemia se realizó transcurridas más de una hora después y sin poder constatar lo que sucedió en ese espacio de tiempo"

El escrito de defensa argumentaba que su representada negaba rotundamente los hechos, exponiendo que de las diligencias practicadas no se podía desprender que en el momento del accidente la investigada condujera bajo los efectos del alcohol, ya que "la prueba de alcoholemia se realizó transcurridas más de una hora después y sin poder constatar por parte de las autoridades lo que sucedió en ese espacio de tiempo".

Su hermana menor

Además, la denunciada presentaba un relato verosímil y congruente donde ella refirió que varias horas antes del incidente ya se encontraba en su domicilio dormida, y que de haber podido ser alguien el infractor pudiera ser su hermana menor, aclarando que ningún testigo la había identificado.

Tras el análisis de las diligencias previas, así como del escrito presentado por la defensa, el juez refiere que las actuaciones practicadas "acreditan que se está ante un supuesto constitutivo de infracción penal", si bien "no existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada, ya que no se ha podido constatar que la investigada fuera la conductora del vehículo", una causa por la que decretan el sobreseimiento provisional de estas actuaciones.

Desde el despacho Ospina Abogados se han limitado a manifestar a Europa Press que están satisfechos con la resolución judicial, si bien no han querido hacer declaraciones.