El Juzgado de lo Penal número siete de Sevilla ha condenado al joven Francisco Javier García, conocido como El Cuco y ya condenado por encubrir en 2009 el asesinato de la joven hispalense Marta del Castillo, y a su madre, a dos años de cárcel por un delito de falso testimonio cometido en sus respectivas comparecencias como testigos en el juicio celebrado en 2011 contra los adultos acusados por dicho crimen.
Después de que en la primera sesión del juicio celebrado en su contra los pasados días 26 y 27 de mayo, ambos reconociesen los hechos contenidos en el escrito de acusación de la Fiscalía pero optasen por no contestar preguntas, en esta sentencia emitida el pasado día 3 de junio, difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y recogida por Europa Press, se declara probado que el Cuco y su madre, Rosalía G.M., junto con la pareja de esta última, Angel Manuel R.C., ya fallecido, concertaron "una declaración concordante y coherente a fin de dar cobertura a la actuación de Francisco Javier durante la noche y la madrugada del 24 de enero de 2009 (cuando fue cometido el asesinato de Marta del Castillo), a sabiendas de que faltaban a la verdad, y sin importarles los perjuicios que ello podía irrogar para la familia de la fallecida".
Según señala la sentencia, en el juicio celebrado en 2011 por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla contra los adultos acusados por el asesinato de Marta del Castillo, por el cual Miguel Carcaño fue el único adulto condenado; el Cuco declaró que durante la tarde noche del día 24 de enero de 2009 "no había estado en el domicilio" de la calle León XII donde residía Carcaño y donde fue cometido el crimen, sino con unos amigos "en franjas horarias distintas a las reales, marchando a su domicilio sobre las 23,30 horas donde se encontró con el fallecido Angel Manuel R.C., que había salido a tirar la basura, para seguidamente subir hasta su casa y no salir más, cuando la verdad era muy diferente".
Tal extremo, según el Juzgado de lo Penal número siete, "ha quedado acreditado en las sentencias ya firmes del Juzgado de Menores número tres", que condenó al Cuco por encubrimiento y por ende por haber "ayudado a su amigo Miguel Carcaño a deshacerse del cadáver y evitar su descubrimiento"; y de la Sección Séptima de la Audiencia", que condenó a Carcaño como autor del asesinato pero absolvió al resto de los acusados, que eran su amigo Samuel Benítez, su hermanastro Francisco Javier Delgado y la pareja de este último.
YA ERA MAYOR DE EDAD
Según precisa la magistrada, la sentencia del Juzgado de Menores fue confirmada por la Audiencia provincial el 20 de octubre de 2011, en "días previos a su declaración como testigo ya mayor de edad" en el juicio celebrado en la Sección Séptima por el asesinato de Marta del Castillo contra los adultos acusados por tal hecho.
En cuanto a su madre, la sentencia expone que declaró en el juicio de 2011, "sabiendo que no era verdad, que salió con el investigado fallecido Angel Manuel a tomar unas copas sobre las 23,30 horas al bar La Portada, regresando a su domicilio sobre la 1,30 ó 2,00 horas de la madrugada ya del día 25 de enero, encontrando dormido en su habitación a su hijo Francisco Javier, cuando la realidad era que estuvieron en el citado establecimiento hasta las 4,30 horas y no encontraron a su hijo en casa cuando llegaron".
El Juzgado de lo Penal siete declara que "ante el reconocimiento de los hechos por los acusados, se ha faltado a la verdad en un juicio por ambos", que en la vista oral de 2011 por el asesinato de Marta del Castillo "fueron advertidos del delito de falso testimonio en el que podían incurrir en caso de no decir la verdad, por lo que queda patente que ambos cometen dicho delito" de falso testimonio.
PROVOCAR UNA SENTENCIA "INJUSTA"
Al punto, la sentencia argumenta que "faltar a la verdad en la declaración que se presta como testigo en un procedimiento judicial es delito en la medida que el testimonio es uno de los medios de prueba sobre los que se puede basar la convicción del juzgador a la hora de dictar una resolución judicial definitiva, de tal manera que es posible que un testimonio falso, si induce a error al juez o tribunal ante el que se presta y es valorado como verdadero, provoque una resolución injusta, esto es, un pronunciamiento en que no se realice el valor superior de la justicia y se lesione un interés que debe ser protegido por el poder judicial".
Además, la juez ve "indudable el daño que se vuelve a hacer a padres" de Marta del Castillo, que a la hora de comparecer como testigos en el juicio señalaban el "dolor y la humillación" que sufren desde hace ya 13 años por el asesinato de su hija y las "mentiras" vertidas en cuanto a los hechos.
Recordemos, en ese sentido, que en el juicio, la Fiscalía solicitó para cada acusado ocho meses de prisión y una multa de 1.500 euros, mientras que la acusación particular ejercida por los padres de la joven y la acusación popular ejercida por la Asociación de Víctimas y Justicia reclamaron dos años de cárcel, el pago de una multa de 1.800 euros y que, en materia de responsabilidad civil, indemnizaran a los padres con un total de 50.000 euros por los daños morales causados.
NO PESA "PARALIZACION"
De su lado, los abogados de los encausados solicitaron su libre absolución y, de manera subsidiaria, que se apreciara la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas y fueran condenados a 45 días de prisión y el pago de una multa de 132 euros, una atenuante que la juez desestima porque "ninguna de las defensas ha expresado desde cuándo el procedimiento ha estado paralizado" y porque "ninguna paralización ha existido".
Dado el caso, la sentencia condena a cada uno de los dos acusados, como autores de un delito de falso testimonio, a dos años de cárcel, sendas multas de 1.440 euros y a indemnizar conjuntamente con 30.000 euros a los padres de Marta del Castillo, toda vez que la sentencia es susceptible de recurso ante la Audiencia provincial.
Durante el juicio, recordémoslo, la representación de los padres de Marta del Castillo había solicitado al tribunal que dedujese testimonio contra ellos por un nuevo delito contra la integridad moral, bajo la premisa de que al reconocer de manera "genérica y abstracta" los hechos del escrito de acusación de la Fiscalía pero no responder preguntas, los acusados se habrían vuelto a "burlar de la Justicia" y de la familia de la víctima, incrementando aún más su sufrimiento.