El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) estudiará este 10 de enero en audiencia pública el caso de una testigo de Jehová que denunció a España porque un hospital madrileño le realizó transfusiones de sangre en contra de su voluntad con el aval de un juzgado de guardia.
Según ha informado la corte de Estrasburgo, escuchará las alegaciones de la mujer, de nacionalidad ecuatoriana y residente en Soria, que como testigo de Jehová tiene entre sus creencias religiosas su absoluta oposición a las transfusiones de sangre y a la donación y el almacenamiento de sangre y productos sanguíneos.
La mujer decidió acudir a Europa después de que en 2018 recibiera una transfusión de sangre en un hospital de Madrid debido a una hemorragia. Ya en 2017 se le había recomendado que se sometiese a una cirugía, por lo que en esa ocasión firmó una directiva anticipada, un poder notarial y un documento de consentimiento informado; en los tres subrayaba su negativa a recibir transfusiones de sangre de cualquier tipo, incluso si su vida estuviera en peligro, pero accedía a aceptar cualquier tratamiento médico que no implicara el uso de sangre.
En 2018, ingresó en el Hospital de Soria, pero por una hemorragia fue trasladada a Madrid. Los médicos, al enterarse de que era testigo de Jehová, contactaron con el juez de turno para recibir instrucciones.
El juez correspondiente, que desconocía la identidad de la paciente y sus deseos, autorizó todos los procedimientos médicos que fueran necesarios para salvar su vida.
Ese día se le realizó una cirugía y se le administraron transfusiones de sangre, sin que la paciente fuera informada de la orden judicial, a pesar de que "todavía estaba consciente cuando fue llevada al quirófano".
DERECHO A LA LIBERTAD DE RELIGION
En el marco del procedimiento, las partes aún discuten si en dicho momento la mujer estaba completamente lúcida o no. Ella, disconforme con la decisión del juez de guardia, recurrió en apelación, pero los tribunales confirmaron la medida. Antes de acudir al TEDH, la mujer elevó el asunto al Tribunal Constitucional, pero este declaró inadmisible su reclamación de amparo.
Así las cosas, llamó a la puerta de Estrasburgo con una demanda contra España por presunta vulneración del respeto a la vida privada y a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, ambos amparados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El TEDH ha avanzado que la mujer alegará que las autoridades nacionales ignoraron sus deseos, que estaban reflejados en la documentación que firmó en 2017. Tras escuchar a las partes, los magistrados deliberarán en privado pero la sentencia no se conocerá hasta una fecha posterior.