Varios trabajadores en una obra sobre un tejado. | EUROPA PRESS
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Este jueves 22 de agosto entra en vigor la ley orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, conocida como Ley de Paridad, que trae polémica porque entra en escena con un error que facilita despedir empleados con adaptación de jornada. Estas son las claves que debes conocer.

¿Qué "error" tiene la norma?

Como ha señalado el Gobierno, se trata de un "error técnico" que desprotege a los trabajadores que se acojan al nuevo permiso de cinco días por cuidado de un familiar tras un accidente, enfermedad grave u hospitalización, o a una adaptación de jornada.El error se encuentra en la disposición final novena de la Ley de Paridad, en la que se modifica el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, en concreto, el apartado referido a los despidos nulos. Al introducir a las víctimas de violencia sexual en los supuestos previstos para que sea nulo el despido, se olvida incluir a las personas que se hayan acogido al nuevo permiso de "cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella".

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Este colectivo había quedado incluido en los supuestos de despido nulo por medio del Real Decreto Ley 5/2023, aprobado en junio del año pasado pero, a partir de este jueves, quedarán fuera debido a este "error técnico".

¿Habrá solución?

Sí. Al menos eso es lo que dice el Ejecutivo central. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha asegurado que este error "se ha producido contra la voluntad de todos los que han participado en esa ley, desde el Ministerio hasta la última parlamentaria" y que "se está preparando la corrección". "Espero que en breve tengamos solucionado el problema, que es un problema técnico lamentable, que, desde luego, no se ha previsto en ningún caso y que no responde a la voluntad política", señaló, aseverando que se intentará corregir "en las primeras acciones parlamentarias en las que se tenga oportunidad".

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En el mismo sentido, fuentes del Ministerio de Trabajo y Economía Social han asegurado que el error, cometido por Igualdad, "se subsanará en cuanto el calendario legislativo lo permita".

¿Me pueden despedir?

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha advertido que, pese al error en la redacción de la Ley de paridad, no se puede despedir a empleados con reducción o ajustes de jornada por razón de conciliación.

Expertos laboralistas precisan, en todo caso, que si se produce algún despido desde este jueves por esta causa, el trabajador afectado podrá llevar su situación a los tribunales y es muy probable que se le acabe dando la razón. Lo que sucede es que la burocracia para resolver el conflicto legal será mayor que si la norma fuera más clara, como sucede hasta ahora mismo y como volverá a pasar cuando se corrija este problema de redacción normativa.

En este sentido, fuentes de Trabajo subrayaron que la regla de protección de nulidad por despido objetivo no implica que se pueda despedir a esos trabajadores. Además, señalaron que la improcedencia del despido por causa de reducción de jornada se puede “perfectamente seguir manteniendo igual que antes, porque nadie puede sufrir represalia como consecuencia del ejercicio de sus derechos”. “Cuando las personas trabajadoras hacen uso de sus derechos están protegidas por la garantía de indemnidad”, recordó el departamento dirigido por Yolanda Díaz. “La persona trabajadora sigue teniendo derecho a la protección si es despedido como consecuencia del ejercicio de sus derechos de conciliación independientemente del texto redactado en vigor”.

En cualquier caso, precisó que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social “hará uso de sus facultades con el máximo rigor para evitar cualquier discriminación en el ámbito laboral”.