Vídeo: Redacción | Foto:Telemadrid
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Con la huelga de Iberia a la vista, además de las clásicas cancelaciones y retrasos, tenemos que tener claro que podemos reclamar y que tenemos derecho a una indemnización.

Se mantiene la huelga de handling de Iberia entre el 5 y 8 de enero

Lo primero que tenemos que saber es que podemos reclamar, y que, para ello, tienen que facilitarnos el formulario vía web o presencialmente en el mostrador y a través de la agencia de viajes con la que hayamos cerrado el viaje.

Una vez puesta la reclamación, tenemos derecho a dos cosas: a que nos faciliten otro vuelo, alternativo, cubriendo la compañía todos los gastos del cambio, o (si no hay alternativa) a la devolución del dinero.

Pero para ello tenemos que tener siempre la documentación: la propia (DNI, PASAPORTE..), la del billete y facturas de posibles gastos extra que nos han surgido al no poder coger ese vuelo.

Y, ¿de qué indemnización económica estamos hablando?

Pues si el vuelo era de hasta 1.500 kilómetros: 250 euros. Entre 1.500 y 3.500 km: 400 euros y en un viaje de más de 3.500 km: 600 euros.

Si nos dieron el transporte alternativo, tenemos derecho al reembolso del 50% del billete original que habíamos comprado.