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El Gobierno ha anunciado la prórroga extraordinaria de seis meses de la vigencia de los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023, con un incremento que no podrá ser superior al 2%. Al mismo tiempo, se mantiene el tope al alza del precio del alquiler de los contratos que se sometan a su revisión anual, hasta finales de 2023.

El límite a la subida del alquiler ha supuesto un ahorro medio de unos 97 euros al mes para los inquilinos, lo que supone unos 1.200 euros menos al año. Sin embargo, esta misma cantidad es la que no han podido ingresar los propietarios de vivienda en alquiler, al no poder elevar el precio por encima de un 2%.

Así afecta el tope del 2% a la subida de los alquileres, según propietarios e inquilinos

Según el portavoz de la Agencia Negociadora del Alquiler, José R. Zurdo, "podemos entender que estas medidas de ayuda al alquiler ayuden a inquilinos vulnerables, pero no a todos, no a los que no lo necesitan".

"El gran problema del alquiler en España está en la oferta, no en la demanda, y de eso no se ha dado cuenta aún el Gobierno", declaran desde la Agencia Negociadora.

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"El 93% de los propietarios de pisos en alquiler en España son pequeños propietarios. Hay unas 4 millones de viviendas en alquiler y solo el 6,4% son de grandes tenedores, la mayoría son pequeños propietarios que necesitan poder combatir la inflación", explica.

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"Muchos de nuestros clientes son jubilados que necesitan complementar su pensión con el alquiler o incluso ancianos que necesitan el dinero y les está afectando de lleno".

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La Agencia considera que "mantener el tope va a provocar que la gente quite las viviendas del alquiler y prefiera la compraventa, son medidas de pan para hoy y hambre para mañana. Solo se benefician los inquilinos actuales, pero los propietarios van a querer compensar subiendo las rentas".

Además, entre las medidas para proteger la vivienda, se amplía la suspensión de los desahucios y lanzamientos hasta el 30 de junio de 2023 para hogares vulnerables, incluyendo hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.