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La Audiencia Provincial de La Coruña ha rechazado que un padre pueda desheredar a sus hijos aunque el progenitor, que ya falleció, alegaba que no mantenía ninguna relación con ellos y, por eso, no quería dejarles nada de su patrimonio a su muerte.

Remontándonos al inicio de esta historia, este hombre se casó con su primera mujer con la que tuvo dos hijos pero cuando los niños eran aún pequeños, los padres se divorcian, y los jóvenes se van a vivir a Canarias. Sin embargo, él se queda viviendo en Galicia y desde 1991 no vuelven a tener relación alguna.

Años después los jóvenes alteran el orden de sus apellidos y el padre se casa nuevamente, tiene una hija y en el 2020, este hombre fallece y en el testamento les deshereda dejándolos sin nada especificando, incluso, que en el caso de que no fuese posible, les concedía la legítima.

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Por su parte, los hijos recurren este testamento pero él juzgado da la razón al progenitor ya que el padre, en el testamento, alegaba nula relación y maltrato psicológico hacia él.

Pero de nuevo, recurren esa sentencia y esta vez si lo consiguen porque un tribunal rechaza que un padre pueda desheredar a sus hijos porque perdieron relación y se cambiaran el apellido y concluye que se trató de una muestra mutua de desinterés.

¿Es imposible entonces desheredar a los hijos en España?

“No basta con decir que te han abandonado, hay que probarlo”

“El resumen es que nuestra herencia se divide en tres quesitos, uno que yo dispongo a voluntad a quien se lo quiera dejar, otro que yo mejoro a uno de los hijos y otro que estoy obligado a dejárselo por iguales a mis hijos, el famoso tercio de la legítima”, nos ha explicado María López Santana, abogada experta en herencias de GLC Abogados.

María ha detallado que en el caso de querer desheredar a un hijo “no basta con decir que te han abandonado, hay que probarlo”, por lo que, afirma, “si únicamente se acude a un notario a decir que no se quiere dejar nada a un hijo porque te va a abandonado no va a llegar a ningún lado”.

“Es necesario dejarlo todo muy bien por escrito previamente cuando vamos a hacer testamento” ha recomendado esta experta, además de “dejar esas pruebas” de abandono o de nula intención de relación por parte de los hijos.