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La sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional el estado de alarma ya tiene consecuencias en los despachos de abogados, con una avalancha de consultas de aquellas personas que fueron multadas durante el pasado año por incumplir las normas durante el confinamiento para presentar recursos.

Desde el 14 de marzo hasta el 21 de junio, el Estado impuso 1.142.127 propuestas de sanción, aunque no todas fueron por saltarse el confinamiento, que son las que ahora podrían ser anuladas.

Así lo constata Almudena Velázquez, directora legal de Reclamador.es, una plataforma online especializada en reclamaciones, quien aclara que tan "sólo pueden reclamarse las sanciones derivadas de saltarnos el confinamiento" ateniéndonos a la sentencia del Tribunal Constitucional porque ya no tienen amparo legal.

"Las multas por botellón son multas que se imponen por una infracción que ya existía con anterioridad al estado de alarma", por lo tanto no se podrán recurrir ateniéndonos a la sentencia, aclara.

Primera multa anulada en Madrid tras el palo del Constitucional al estado de alarma

La abogada recomienda no dejarlo pasar y "en el momento que se nos notifica la sanción tenemos que impugnarla por la vía administrativa acogiéndonos a la sentencia del Tribunal Constitucional y subsidiariamente porque no se trata de una infracción administrativa de desobediencia".

Una vez presentado el recurso, "si no se archiva tenemos que recurrir por la vía judicial, aunque sería deseable que la propia administración actuara de oficio y no tengamos que iniciar el periplo de reclamaciones".