Vídeo: REDACCIÓN / EUROPA PRESS | Foto:Telemadrid
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La Comunidad de Madrid ha publicado la resolución que regula la escalada en La Pedriza, con el objetivo de proteger el periodo de cría y reproducción de especies rupícolas como el buitre leonado, el halcón peregrino y el águila real. La resolución ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, estableciendo la regulación en estos espacios hasta el 31 de julio de 2022.Recoge el BOCM que el texto regula el tránsito por viales, inmediaciones y pie de vía de sectores de escalada y la escalada en el paraje de La Pedriza del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, como "medida de protección de especies rupícolas durante su época de cría y reproducción".

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"El Parque Nacional posee una riqueza inusual en zonas de escalada de gran tradición, muchas de ellas únicas por su variedad, calidad y estilo de escalada, lo que convierte a ciertas zonas de escalada en un referente de fama internacional", señala el documento.En declaraciones a Europa Press, el director general de Biodiversidad y Recursos Naturales, Luis del Olmo, ha señalado que la escalada es una actividad "compatible", pero que eso "no significa que se pueda hacer por todas las vías y con la misma intensidad todos los días del año".

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Por ello, ha explicado que esto significa que en periodos "nupciales o de reproducción" de estas aves se establezcan "determinadas limitaciones para no afectar" a esos nidos.Así, se indica en el BOCM que la escalada en los últimos años, como el resto de las actividades en la naturaleza, "ha visto incrementado" el número de practicantes, en ocasiones con cifras que, a priori, "parecen poco compatibles con la conservación".

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"Por este motivo es imprescindible una regulación que asegure el disfrute de esta actividad de forma que no se alteren los principios que rigen la gestión de un Parque Nacional", especifica.Con todo ello, se subraya que cuando una actividad se masifica, en "lugares muy concretos y aunque sea de forma puntual", tiene que ser regulada "para evitar mayores perjuicios". "La masificación de la escalada, sin entrar en otros factores de conservación, ya constituye por sí misma un importante factor que justificaría una regulación". Subraya.La Comunidad recoge que esta regulación puede abarcar distintos niveles y grados, pudiendo ir desde una prohibición temporal de vías de escalada, sectores, rutas de descenso y los accesos a ciertos sectores, hasta su prohibición total en determinadas zonas."En este caso, la presencia de nidos de buitre leonado (Gyps fulvus), halcón peregrino (Falco peregrinus) y águila real (Aquila chrysaetos) y la necesidad de conservar estas aves en su período más sensible (el de cría) justifica la necesidad de regular la actividad en dichas zonas, preservándolas de las molestias que les pudieran ocasionar los escaladores con su simple presencia, pues utilizan itinerarios y riscos en los que las aves han emplazado su nido", explican desde la Consejería.La resolución, establece varias zonas, unas en las que sólo se restringe la escalada por vías concretas (B1) y otras en las que las posibles molestias afectan a especies más sensibles, que requieren la restricción temporal de todo el sector (B2). También se regula el tránsito en ciertos viales que, por su proximidad a nidos, pudieran ocasionar molestias (B3)."Fuera de las zonas y períodos señalados se permite la práctica de la escalada en roca, el búlder y el rápel siempre que se respete el resto de normativa existente y siendo necesario el permiso de la propiedad cuando el terreno sea privado", resalta la Comunidad.