Vídeo: REDACCIÓN | Foto:Telemadrid
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Cuando miles de madrileños daban por hecho que en el puente del 12 de octubre no iban a poder salir de la región, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha tumbado las restricciones de movilidad impuestas por el Ministro de Sanidad, Salvador Illa.

Tan solo una hora después de hacerse público el anuncio, las búsquedas de viajes de los madrileños se han disparado, pese al escaso margen para organizar una escapada y la incertidumbre que el anuncio ha generado.

Aumentan las búsquedas online de viajes tras la anulación de las restricciones en Madrid

Enrique García, de Relaciones Institucionales de la OCU, ha resulto las dudas en Está Pasando sobre esta cuestión: “En cualquier contrato firmado entre un consumidor y una empresa que sea vea afectado por medidas sanitarias a causa del Covid-19, el consumidor tiene derecho a la cancelación del contrato”.

“El consumidor paga por un servicio que no puede recibir”

Con esto quiere decir que, si esta mañana los ciudadanos se han animado a coger un viaje y mañanase vuelven a imponer restricciones, “la compañía está obligada a devolver el dinero al consumidor”, explica Enrique.

Por su parte, los empresarios tienen la posibilidad de ofertar un bono para compensar la cancelación, pero debe ser el consumidor quien lo acepte: “Es un bono voluntario, nunca es obligatorio”, explica la OCU.

El problema es el plazo de la devolución “que puede durar hasta 74 días”, afirma. En el caso de que se acabe ese plazo, hay que reclamar por vía judicial, aclara Enrique Escudero.