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A Silvia Oñate no le concedieron la pensión de viudedad porque cobró un euro más que su pareja de hecho durante el año anterior a su fallecimiento, a pesar de que después se quedó en paro.

Es madre de dos hijos menores y, como Silvia, muchas otras personas afectadas piden un cambio legislativo que ponga fin a la discriminación que sufren por no haberse casado.

“Si hubiera estado casada cobraría la pensión de viudedad”

“Si hubiera estado casada en el registro civil da igual lo que hubiera ganado mi pareja o lo que hubiera ganado yo”, se lamenta Silvia. Se siente discriminada: “Por ser pareja de hecho solo tienes derecho a la pensión de viudedad si cobras menos que la persona que fallece”, explica. “Es algo que hay que corregir con carácter de urgencia”.

Requisitos de la pensión de viudedad en parejas de hecho

La Ley General de la Seguridad Social exige una serie de requisitos para cobrar la pensión de viudedad en caso de ser pareja de hecho:

  • Los ingresos del solicitante, durante el año anterior al fallecimiento, no lleguen al 50% de la suma de los ingresos del miembro sobreviviente y del fallecido.
  • Los ingresos del sobreviviente deben ser inferiores a 1,5 veces el importe del salario mínimo interprofesional vigente en el momento del fallecimiento.