El Ayuntamiento de Madrid rebaja hasta en un 90 por ciento en algunos casos el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU), la plusvalía municipal, y elimina requisitos para beneficiarse de la bonificación, como el requisito de convivencia en la vivienda habitual del fallecido y que el beneficiario siguiera empadronado en ella los cinco años posteriores.
La Junta de Gobierno ha aprobado este jueves la propuesta inicial de modificación del impuesto, como ha anunciado el portavoz del Ejecutivo, Enrique Núñez, en rueda de prensa. Actualmente se aplica una bonificación a las transmisiones mortis causa, las herencias, de la vivienda habitual del fallecido o de los locales afectos a la actividad económica que venía ejerciendo éste, siempre que los herederos fueran los descendientes, ascendientes o el cónyuge.
Los requisitos pasaban por, en el caso de la vivienda habitual, que el heredero hubiera convivido con el fallecido los dos años anteriores y continuará empadronado en dicha vivienda los cinco años siguientes. Respecto a locales, que el heredero mantuviera dicha actividad económica durante los cinco años siguientes.