El Tribunal Supremo estudia si es correcta la excarcelación de etarras al descontar penas en Francia
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El Tribuinal Supremo estudia si es correcta la interpretación de la normativa europea sobre el descuento de condenas impuestas en otros países de la UE que ha llevado a tres magistrados de la Audiencia Nacional a excarcelar al dirigente etarra Santiago Arrospide Sarasola, alias Santi Potros.
En principio, el pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no decidirá concretamente sobre las excarcelaciones de "Santi Potros" y del etarra Alberto Plazaola, acordadas por la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, sino que estudiará un recurso anterior de otro etarra, Kepa Pikabea Ugalde, al que se le negó ese descuento.
No obstante, lo que decida a este respecto el Supremo creará una jurisprudencia extrapolable a los otros casos de etarras excarcelados o a los que se puedan haber visto beneficiados con el descuento de sus penas en Francia, adelantando así su futura salida de prisión, como es el caso del dirigente etarra Francisco Múgica Garmendia, "Pakito" o "Artapalo", o el autor material del atentado de Hipercor, Rafael Caride Simón.
De hecho, la Sala de lo Penal del Supremo persigue con su pleno jurisdiccional de este martes unificar criterios que descarten "las dudas interpretativas" surgidas en la Audiencia Nacional sobre esta cuestión.
Y es que los magistrados de la Audiencia Nacional están divididos a la hora de aplicar la decisión marco de la UE de 2008, incluida en la legislación nacional por una ley orgánica aprobada por el Congreso el pasado 12 de noviembre y que entró en vigor 20 días después.
La sección primera de la Audiencia Nacional -compuesta por Manuela Fernández de Prado, Ramón Sáez Valcárcel y Javier Martínez Lázaro- decidió aplicar la normativa europea y dejó en libertad a "Santi Potros" y a Plazaola, mientras que la sección segunda -Concepción Espejel y Julio de Diego (con el voto discrepante de su compañero José Ricardo de Prada)- rechazó restarle las penas en Francia al etarra Iñaki Bilbao Beaskoetxea.
A raíz de que se aprobara la citada ley orgánica, el pasado 24 de noviembre la sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dejaba en libertad a la etarra arrepentida Carmen Gisasola, quien ya disfrutaba del tercer grado penitenciario tras serle aplicada la sentencia de Estrasburgo que anuló la llamada doctrina Parot.
Cuatro días después, el 28 de noviembre, 19 magistrados del pleno de la Audiencia Nacional debatieron si debían ser las diferentes secciones de la Sala de lo Penal las que tenían que revisar la fecha de licenciamiento definitivo de los etarras a los que condenaron aplicando la directiva europea o si esa decisión debía adoptarla el pleno.
Nueve de los magistrados votaron a favor de que lo estudiara el pleno y otros nueve en contra, por lo que finalmente se decidió dejar el asunto en manos de cada una de las cuatro secciones de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, lo que ha provocado la disparidad de criterios entre unas y otras.
Ahora, el Supremo deberá decidir si cabe o no ese descuento de penas, que la Fiscalía ha recurrido en los casos acordados por la sección primera -"Santi Potros", Plazaola, Caride Simón y "Pakito"-, alegando, entre otros motivos, que la aplicación de la normativa europea es para aquellas condenas que tienen conexión con las dictadas en España y siempre que hayan sido impuestas a partir del 15 de agosto de 2010.
Aunque el pleno de la Sala de lo Penal se ha fijado para el caso de Pikabea, su fallo afectará a estos cuatro etarras y a otros como el de Carmen Gisasola.
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