Agentes de seguridad de un bloque de Puente de Vallecas podrían estar vendiendo las llaves de los pisos vacíos a okupas
La EMVS ha conseguido parar hasta once ocupaciones en este bloque
Muchos de los bloques de Madrid capital pertenecen a la Empresa Municipal de Empresa y Suelo (EMVS), pero muchas de estas casas están okupadas antes de ser adjudicadas. Un equipo de Madrid Directo conoce un claro ejemplo.
En un bloque de viviendas municipales de Puente de Vallecas, los vecinos sospechan que uno de ellos está vendiendo las llaves de los pisos vacíos a los okupas. Al parecer, hay una treintena de ellos aún no asignados y los okupas están al acecho para entrar en ellos.
"Están empezando a okupar viviendas que están vacías que la EMV tenía que haber entregado y no se han entregado a tiempo o lo que sea y se están okupando", nos cuenta una vecina del bloque. Hablamos con un individuo de 17 años que nos reconoce estar viviendo de okupa allí con su mujer, también menor.
Las puertas de las casas no saben si se las abre un vecino o un agente de seguridad de este bloque de pisos. ¿El modus operandi? A cambio de dinero les dan las llaves. Hablamos también con un agente de seguridad del edificio, pero no nos dice nada, sin darnos siquiera una negativa como respuesta.
Otro okupa de la zona nos cuenta que quien les estregó la llave de la vivienda podría estar relacionado con el bloque y que por ella pagó 350 euros. La preocupación de los vecinos va en aumento y muchas de las viviendas que están desokupadas ya tienen puertas acorazadas.
La okupación en Madrid
La Comunidad de Madrid encabeza la lista con mayor okupación de España con cerca de 5.000 viviendas okupadas. Usera, Puente de Vallecas y Carabanchel son los distritos más afectados. Los barrios de Chamberí, Salamanca y Retiro los que menos.
¿Qué dice la ley?
El Congreso aprobó en 2018 una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil que acelera el proceso para agilizar el fin de una ocupación ilegal de la vivienda. Además de a particulares, afecta a entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas propietarias de vivienda social.
Si los ocupantes no pueden justificar que están legalmente en la vivienda o no contestan en un plazo de cinco días, el tribunal ordenará su salida en 20 días.
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