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Alma y Daniel son de Ribatejada, un pequeño pueblo de unos 500 habitantes. Allí alquilaros su vivienda hace seis años, pero desde hace tres esta casa se convirtió en su peor pesadilla. Su inquilina dejó de pagar las mensualidades sin ninguna explicación y debe más de 12.000 euros.

"Dejó de pagar porque según ella una de las ayudas que solicitó tardó en llegar, pero no ha llegado nunca después de tres años casi. No hablamos con ella prácticamente, pero lo que dice en el pueblo es que no se va a ir de la casa para que entremos nosotros".

La situación por la que está pasando este matrimonio es desesperante, ya que por esta problemática se han visto obligados a vender su vivienda. "De tener dos casas, llevar 20 años trabajando para conseguir algo en esta vida, lo hemos perdido todo porque esta señora no nos paga".

Esto les ha llevado a vivir con sus padres en una habitación junto a sus dos hijas pequeñas. Además, la situación se complica porque el hijo de Trinidad, la inquiokupa, que es mayor de edad, escribió a Alma vía WhatsApp con amenazas e insultos.

Reclaman una solución rápida al Juzgado Número 5 de Torrejón de Ardoz. Un equipo de Madrid Directo ha intentado hablar con Trinidad, pero no ha querido dar declaraciones al respecto.

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¿Qué debemos hacer cuando nuestro inquilino no nos paga el alquiler?

El abogado Alberto García Cebrián nos contó cómo actuar en estos casos. Nos aseguró que, para evitar este tipo de situaciones, se recomienda poner en el contrato de alquiler que el inquilino se obliga a poner los suministros a su nombre, incluso pudiendo dejar constancia de que, en el caso de que no lo pague en un plazo determinado, se autoriza a la propiedad a dar de baja el suministro.

En el caso de que en el contrato de alquiler no haya la obligación de que el inquilino ponga los suministros a su nombre, el propietario no puede dar de baja el suministro y si le denuncia, el inquilino o incluso el okupa ilegal, podría incurrir en un delito de coacciones. Sin embargo, el propietario no puede cortar el suministro, pero sí que puede dejar de pagar los recibos para que en todo caso la compañía acabe cortando por impago.

En el momento de la recuperación de la posesión del inmueble, ya sea extrajudicialmente o en proceso judicial, cabe la posibilidad de realizar una denuncia por la comisión de un delito de daños. Siempre existe la posibilidad de reclamar las cantidades adeudadas del alquiler y las de los suministros que estén a nombre del propietario, así como desperfectos.