Vídeo: REDACCIÓN | Foto:Telemadrid
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Julio, un vecino de Móstoles, está desesperado. Alquiló su piso de la calle Miguel Hernández hace 20 años, pero desde hace 3 años sus inquilinos han dejado de pagarle el alquiler. Les debe la mensualidad de tres años, más de 20.000 euros.

En la casa vive una pareja con sus 3 hijos pequeños. Han denunciado los hechos, hubo juicio y ya hay sentencia firme. Se han paralizado hasta cinco fechas de desahucio, alegando que son familia vulnerable.

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Según el dueño de la casa, rechazan la ayuda de vivienda que les ofrece los servicios sociales, pidiendo una casa de al menos tres dormitorios. Julio ha hablado varias veces con ellos, la última vez con su hijo el pasado día 9, para pedirle un poco de dinero de esa cantidad que le debe.

Finalmente, acabaron discutiendo y la 'inquiokupa' les agredió. Tuvieron que ir al ambulatorio, Julio por un ataque de nervios y su hijo por lesiones en el cuello. Hasta entonces siguen viviendo a costa de Julio.

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Un equipo de Madrid Directo ha intentado hablar con los inquiokupas, pero han sido recibidos con un portazo y con la respuesta de que no pueden hablar del tema. Los vecinos de Julio se han puesto de su lado y, para reivindicar esta situación, han organizado una cacerolada en apoyo al propietario.

¿Qué debemos hacer cuando nuestro inquilino no nos paga el alquiler?

Hace unos meses, el abogado Alberto García Cebrián nos contó cómo actuar en estos casos. Nos aseguró que, para evitar este tipo de situaciones, se recomienda poner en el contrato de alquiler que el inquilino se obliga a poner los suministros a su nombre, incluso pudiendo dejar constancia de que, en el caso de que no lo pague en un plazo determinado, se autoriza a la propiedad a dar de baja el suministro.

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En el caso de que en el contrato de alquiler no haya la obligación de que el inquilino ponga los suministros a su nombre, el propietario no puede dar de baja el suministro y si le denuncia, el inquilino o incluso el okupa ilegal, podría incurrir en un delito de coacciones. Sin embargo, el propietario no puede cortar el suministro, pero sí que puede dejar de pagar los recibos para que en todo caso la compañía acabe cortando por impago.

En el momento de la recuperación de la posesión del inmueble, ya sea extrajudicialmente o en proceso judicial, cabe la posibilidad de realizar una denuncia por la comisión de un delito de daños. Siempre existe la posibilidad de reclamar las cantidades adeudadas del alquiler y las de los suministros que estén a nombre del propietario, así como desperfectos.