Cada dos semanas, Eva Blázquez, profesora de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, y vicerrectora de Relaciones Institucionales, Cultura e Igualdad de la Universidad Carlos III nos acompaña para responder algunas dudas de las oyentes relacionadas con la Seguridad Social.
Esta vez, la vicerrectora de la UC3M nos ha hablado de las diferencias que hay entre un trabajador por cuenta ajena y uno por cuenta propia. Aunque parezca fácil responder a esta cuestión puesto que los trabajadores por cuenta propia están el el Régimen de Autónomos y los trabajadores por cuenta ajena están en el Régimen General, Blázquez insiste en que los conceptos no son tan sencillos como pueden parecer.
Dentro de los trabajadores por cuenta ajena, las diferencias son aún un poco más complicadas ¿Sabrías distinguir a los distintos tipos de autónomos? Tal y cómo nos ha explicado la profesora, podemos diferenciar a tres tipos de autónomos.
En primer lugar, al autónomo tradicional; en segundo lugar, a los trabajadores del sistema agrario y en tercer y último lugar, a los autónomos económicamente dependientes o TRADE, que son aquellos que facturan más del 75% de sus ventas a un solo cliente. A estos tres conceptos se le une el de detectar a los falsos autónomos y a este, el de diferenciar entre un autónomo TRADE y un falso autónomo.
La vicerrectora nos detalla así cómo, dependiendo del tipo de trabajador que seas, entran en juego otros conceptos a tener en cuenta para la Seguridad Social cómo los accidentes de trabajo, los modelos de jubilación y cómo es lógico los efectos económicos. Blázquez nos ha explicado cómo no es todo blanco o negro y cómo cada trabajador conlleva un estudio y las diferencias entre ellos no son tan sencillas de detectar.
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