¿Qué ocurre con los autónomos a los que se les está reclamando la prestación por cese de actividad en el Covid?
Intervención de Celia Ferrero, vicepresidenta de ATA, y entrevista a la Academia Ágora
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Hoy en Madrid Trabaja, hemos hablado sobre la reclamación de las mutuas de devolver las prestaciones por cese de actividad que se hicieron durante el Covid.
Celia Ferrero, vicepresidenta de ATA, nos ha comentado que, en aquel entonces, desde la Asociación de Trabajadores Autónomos anunciaron que habría tres problemas: la capacidad de renuncia a la prestación cuando ya no se cumplían las obligaciones, las declaraciones responsables porque no daba tiempo por parte de las mutuas para verificar toda la documentación, y el tema de los CNAES, porque no todo el mundo tiene un solo CNAE.
Además, Ferrero ha explicado que no se está reclamando la devolución, sino que se está estudiando a esos autónomos en los que existen dudas, que suponen el 10% de todos los que fueron beneficiarios de las mismas, unos 166.000. En estos casos, deben saber que las mutuas son las que gestionan, pero las reglas las impone la Administración.
Lo cierto, según la vicepresidenta de ATA, es que hay un problema de diseño base, que haga que seguramente tengan que devolver esa prestación, pero eso no quiere decir que caso por caso, o en algunos sectores como la enseñanza privada, no deban reclamarlo judicialmente.
Uno de esos casos es el de la Academia Ágora, que tuvo que cesar su actividad de clases particulares a alumnos de primaria, secundaria y bachillerato, que además acababa de empezar, a causa de la pandemia. Ahora tienen que justificar una disminución de ingresos de un 75% respecto a la facturación del semestre o trimestre anterior, porque si no, les reclaman la totalidad de la prestación. En este caso, la situación es complicada, porque al acabar de arrancar, la facturación que tienen del semestre anterior es muy baja.
Según la vicepresidenta de ATA, desde el punto de vista de justificación caso por caso, hay aspectos que indican que se van a salvar. Si se certifica la antigüedad y que no existe un periodo que debido al inicio de la actividad fuera difícil justificar esa bajada de ingresos, podrá ser un buen argumento. Además, se trataría de una actividad extraescolar, fuera de la educación obligatoria, por lo que no se tendría por qué considerar como esencial siempre. Se trata de justificar lo mejor posible la situación, pero en palabras de Ferrero, es complejo. Además, la vicepresidenta de ATA ha comentado que ha salido un nuevo Real Decreto por parte de la Seguridad Social, que permite fraccionar estas devoluciones hasta 5 años.
Escucha en directo el programa Madrid Trabaja de lunes a viernes a partir de las 15h en Onda Madrid, dirigido por Javier Peña.
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