Justo después de que el Congreso de los Diputados convalidase la legislación que va a modificar los diferentes subsidios por desempleo y hemos aprovechado la sección semanal que tenemos en Madrid Trabaja con el SEPE para comentar alguno de los cambios.
La mayoría de las modificaciones se aplicarán a partir del 1 de noviembre así que hasta entonces, siguen los mismos requisitos, plazos etc que eran habituales hasta ahora.
Nos lo ha contado Fernando Maján, asesor de la subdirección general de Prestaciones del SEPE, que se ha referido a las siguientes preguntas:
- ¿Puedo acceder al subsidio por agotamiento del paro con 48 años?
- ¿Cómo debo declarar el beneficio de unos depósitos bancarios si estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años?
- ¿Tengo que presentar la baja en el SEPE si tengo una tendinitis y estoy cobrando el paro?
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