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El ex ministro de Transportes José Luis Abalos ha presentado un escrito este mismo lunes aceptando declarar voluntariamente en el Tribunal Supremo por el 'caso koldo' el próximo jueves, 12 de de diciembre, después de que el instructor le avisara de que no lo retrasaría y de que estudiaría cursar el correspondiente suplicatorio ante el Congreso de los Diputados para poder interrogarlo.

En consecuencia, el alto tribunal le ha vuelto a citar para el 12 de diciembre.

Abalos acepta declarar ante el Supremo el 12 de diciembre después de que el Tribunal se mostrará dispuesto a tramitar su suplicatorio

El Tribunal Supremo había dejado sin efecto la declaración voluntaria del exministro de Transportes y diputado José Luis Ábalos, prevista para el próximo 12 de diciembre, después de que el parlamentario solicitara más tiempo para preparar su defensa en el 'caso Koldo', en el que está imputado.

Según un auto conocido este lunes, el instructor Leopoldo Puente Segura había ofrecido a Ábalos la posibilidad de declarar voluntariamente antes de decidir sobre la elevación del suplicatorio al Congreso para poder investigarle.

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La representación procesal del exministro inicialmente aceptó comparecer el 12 de diciembre, pero posteriormente presentó un escrito solicitando posponer la declaración, al argumentar que necesitaba más tiempo para examinar la causa debido a su complejidad.

El instructor señala que aunque la declaración es voluntaria, el aforado no puede hacerlo "en el momento que considere más oportuno, determinando también libérrimamente el tempo de las actuaciones".

Se indica que posponer la declaración voluntaria, como propone Ábalos, no es viable, ya que no se pueden tomar medidas cautelares que aseguren su comparecencia al ser esta voluntaria. El juez apunta que los diputados gozan de inmunidad y no pueden ser "inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva", según establece la Constitución española.

La resolución argumenta que posponer la declaración "podría perjudicar seriamente la eficacia de la investigación", que solo podrá dirigirse contra el aforado cuando el suplicatorio sea concedido por el Congreso. Esta decisión "en ningún caso limita o restringe el derecho de defensa del aforado", ya que si no se eleva el suplicatorio no habrá procedimiento contra él.

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El auto recuerda que el diputado dispone de copia completa de las actuaciones y "es razonable considerar que viene conociendo, como casi cualquier otro ciudadano español, el trazo grueso de los hechos que se le atribuyen".

El magistrado concluye que no es posible "posponer la declaración voluntaria como propone" Ábalos, ya que podría reproducirse la situación de aceptar y luego retractarse de comparecer.

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Esto "perturbaría el buen orden del proceso" y podría provocar "dilaciones que habrían de reputarse indebidas", además de poder "perturbar el buen fin y la eficacia de la investigación", según argumenta el auto. El instructor señala que Ábalos podrá declarar más adelante "con el estatus pleno del investigado" y "a petición propia en cada ocasión que lo precise" si finalmente se cursa y concede el suplicatorio.